Especialistas en pisos en alquiler

¿Te puedes negar a que te suban el alquiler?

monedas de oro para subir el alquiler de pisos

noviembre 5, 2018 • Destacados, Vivir de alquiler

Si tu casero te llama o te manda un SMS o WhatsApp o cara o burofax anunciándote una subida de tu alquiler, ¿puedes negarte? Aquí tienes la respuesta.

Cuando el inquilino recibe llamada telefónica, sms, whatsapp, carta o burofax de su casero anunciando que le va a subir la renta, después del susto, lo primero que se pregunta es: ¿Tengo de pagar esa subida?

Como quiera que la normativa en materia de arrendamientos urbanos es excesivamente frondosa, vamos a tratar de distinguir entre los casos más habituales en que hay que aceptar y pagar y aquéllos en que el inquilino puede negarse, por lo menos en los términos en que se exige esa subida.

si o no

Cuándo SÍ te puedes negar

1.- Cuando el casero anuncia esa subida por un medio del que no quede constancia, por ejemplo una llamada telefónica. Las comunicaciones por medios digitales pueden ser válidas si quien las envía puede acreditar la recepción del que las recibe.

2.- Cuando el que comunique esa subida no sea el propio casero o persona con poder suficiente del mismo. La comunicación hecha por la inmobiliaria o similar no tendrá validez salvo que tenga facultad de representación del casero.

3. – Cuando el casero pretenda en cualquier momento de la vigencia del contrato elevar el alquiler con base en que el alquiler lleva mucho tiempo y los precios de mercado en la zona se han elevado.

4.- Cuando el casero pretenda cobrar, con carácter retroactivo o con un cálculo erróneo, los atrasos de la actualización del IPC.

5.- Cuando, tratándose de un contrato suscrito con posterioridad a 1 de abril de 2015, el casero pretenda aplicar el IPC y no aparezca en contrato el pacto de actualización.

Cuándo NO te puede negar

1.- Cuando el casero haya notificado con la debida antelación y de modo fehaciente la voluntad de dar por terminado el contrato por agotamiento de su duración y se pretenda prolongar ese arrendamiento. En este caso el incremento del alquiler no está sujeto a ninguna limitación.

2.- Cuando el casero comunique de modo fehaciente la actualización del alquiler en cada anualidad del contrato, calculando correctamente su importe conforme al IPC o al sistema pactado en el contrato, aunque para efectuar ese cálculo acumule periodos anteriores al último año, partiendo del IPC inicial o el de la última actualización efectuada.

NOTA IMPORTANTE

Si el inquilino considera que no debe pagar la actualización exigida y el casero se niega a recibir los pagos en la cuantía anterior, es obligado proceder a la consignación judicial de esos alquileres, para evitar un desahucio por falta de pago, en el que no se podría invocar el desacuerdo con la actualización.

Más sobre el tema:

Cuándo te pueden subir el alquiler

Cuánto, cuándo y cómo se puede subir el alquiler

¿Dudas? ¡Pregunta en nuestra Comunidad!

Tags:

8 Responses to ¿Te puedes negar a que te suban el alquiler?

  1. Abelardo dice:

    Hola:

    Cuando la persona propietaria realizar una llamada, Y ESTA ES GRABADA, sí puede usarse la llamada registrada como prueba fehaciente de la notificación.
    La cuestion es: ¿la llamada se puede grabar sin que se necesite consentimiento de la persona que ocupa el piso/ la habitación?

    Saludos.

  2. mohamed dice:

    hola bochco piso alqelar zona san jose

  3. Francisco dice:

    Puedo pedir a mi casero rescindir un contrato antes de la finalización del mismo y recuperar la fianza por no atender los requerimientos de problemas en la vivienda como humedad? Gracias

  4. boujama dice:

    Negro de que me suban alquilar

  5. Paqui dice:

    Estoy en el tercer año de contrato, por lo cual ya han pasado dos ocasiones en las que el alquiler tendría que haber subido con arreglo al IPC, que fue lo acordado. Pero sigo pagando la misma cuota desde el primer mes, porque al primer año quise conocer la subida (a la que no me niego), consulté con la inmobiliaria para saber cuál era la cantidad, cómo teníamos que ponernos de acuerdo, etc., y me dijo el agente que “nadie hace caso de eso” (palabras textuales), que mi casero “es buena gente” (lo cual es cierto) y a menos que él me comunique la subida, yo no dijera nada. Segundo año, misma operación. Con el casero no me comunico más que por email para notificarme el importe de los suministros, una avería de una persiana que se rompió y de la cerradura del trastero, y Feliz Navidad, pero nada de IPC ni de subida. ¿Es cierto que debe ser el casero quien me notifique expresamente la cantidad a subir? ¿Algún día podrá “acordarse” y pedirme las cantidades pendientes? ¿Podrá utilizarlo como excusa cuando renovemos el contrato dentro de unos meses, como es mi intención, y pegarme una buena subida “para compensar”?

  6. Inquilino dice:

    soy inquilino de un piso desde 2012, finca perteneciente a un banco y puestos en alquiler todos los pisos desde su construcción y ahora gestionado por una conocida “socimi”…durante este año han ido enviando uno a uno a todos los inquilinos cartas/burofax/avisos en los que se les indicaba la cantidad que aumentaba el coste mensual (aprox. un 25-28% superior) y por la que se les invitaba a aceptar estas condiciones o proceder a la extinción del contrato en la fecha en que habitualmente se renovaba de manera automática. la mayoria se han ido porque las cantidades solicitadas al alza son “vergonzantes” y por tanto no estaba la gente dispuesta a ello y ahora esos pisos estan ya alquilados a “ilusos” que si han aceptado pagar esas cantidades “exorbitadas”.

    cuando a mi me toque el turno y me llegue ese magnifico aviso, como puedo proceder? o tengo todas las de perder? es LÍCITO llegar a pedir cantidades de ese tipo bajo la amenaza de “O ESO O NADA”? GRACIAS DE ANTEMANO

  7. pedro dice:

    Abelardo, imagino que como todo habrá que pedir el consentimiento del interlocutor y sin el no sirve de nada.

  8. NIÑA dice:

    Buenos días,
    Se nos acaba el contrato, la inmobiliaria nos dice que hagamos otro contrato nuevo, pero que se volverían a llevar 1 mes de comisión, además de actualizar los 2 meses de fianza. es correcto? Gracias.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *

Puedes usar las siguientes etiquetas y atributos HTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>