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Cuándo te pueden subir el alquiler

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octubre 22, 2018 • Destacados, Vivir de alquiler

El precio del alquiler de pisos sigue su curva ascendente y son muchos los que se preguntan: ¿puede mi casero subirme ahora el alquiler? Aquí tienes la respuesta.

Los Alquileres están por las nubes, y cada vez escuchamos que a un vecino, a un amigo o a un familiar le han subido el alquiler. Pero, ¿eso es posible? ¿El propietario puede subir el alquiler? ¿Cuándo puede hacerlo?

El arrendador no puede incrementar la renta durante la duración del contrato: Los contratos de alquiler regulan las condiciones del arrendamiento durante toda la duración del mismo. Es decir que un contrato de alquiler que pactó unas condiciones de renta, deberá respetarlas durante el periodo que dure el contrato. Por ello el arrendador no podrá imponer aumentos de alquiler mitad del contrato, sin contar con el consentimiento del inquilino.

Existen dos excepciones a la prohibición de actualizar la renta durante la duración del contrato de alquiler:

Actualización anual

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Los contratos de alquiler suelen pactar la actualización del contrato de forma anual.

La ley prevé que durante la vigencia del contrato, la renta pueda ser revisada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, siempre que lo hayan pactado las partes. Es importante destacar que si las partes no han pactado nada no se podrá aplicar ninguna revisión.

¿Y cuánto te pueden subir? Lee aquí la respuesta.

Aumento de la renta por mejoras

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En aquellos casos en los que el arrendador hubiera hecho obras de mejora, una vez pasados al menos 3 años de duración del contrato, podrá elevar la renta anual en la cuantía que resulte de aplicar al capital invertido en la mejora, el tipo de interés legal del dinero en el momento de la terminación de las obras incrementado en tres puntos, sin que pueda exceder el aumento del 20% de la renta vigente en aquel momento.

¿Y si se hace un nuevo contrato?

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Modificación de la renta a la finalización de contrato de alquiler: Si bien durante la duración del contrato la renta no se puede tocar, a la finalización del contrato, tanto el arrendador como el arrendatario pueden comunicar a la otra parte la voluntad de no prorrogar el contrato.

No obstante, el arrendador también puede comunicar al arrendatario que estaría interesado en continuar la relación arrendaticia modificando algunas condiciones entre ellas la renta. En ese caso será necesario, que ambas partes negocien dichas condiciones. El incremento o no de la renta del futuro contrato, dependerá de muchos factores que ambas partes deberán valorar:

- Precio de mercado de esa vivienda, estado en que se encuentre, calidad del inquilino (los arrendadores valoran que un inquilino no haya dado problemas, haya pagado puntualmente).

Esto sucederá en los contratos con duración de 3 y 5 años. En los contrato de renta antigua, no obstante, el contrato no tiene fecha de finalización porque están sujetos a prórroga forzosa.

En caso de que el inquilino no acepte las peticiones del arrendador, deberá desalojar la vivienda. Si no lo hiciera el arrendador podrá desahuciarle por expiración de contrato.

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6 Responses to Cuándo te pueden subir el alquiler

  1. Amadou dice:

    Hola buenas dias soi AMDOU buscar aliquiler piso en sabadell gracias

  2. CANDIDO dice:

    Todo esto está muy bien, pero el que tiene la sartén por el mango, la mayoría de las veces es el arrendatario, que en un gran porcentaje suele ser insolvente y por muchas leyes que amparen al arrendador, si le destrozan la casa, le dejan deudas de rentas y de suministros y de paso se llevan todos los muebles y de paso no devuelven las llaves, te gastas un pastón en abogados y procuradores hasta que se produce el lanzamientos para no recuperar nada, porque ¿ de dónde lo van a sacar di sin insolventes?
    No es leyenda, a mi cuñada la ha pasado, entre las deudas, los muebles y las reparaciones la ha salido la broma por veinte mil euros y gana menos de quinientos de pensión. Esta vivienda la alquiló para sacar una ayuda complementaria y no pasar hambre.

  3. Miryam dice:

    Buenas tardes.
    Llevo viviendo de alquiler desde agosto, incluido, de 2017 en una casa. Esta la alquilamos teniendo manchas de una antigua humedad, supuestamente ya sanada y pintadas del antiguo inquilino. Aceptamos alquilarla así. El caso es que en febrero empezaron a brotar de nuevo las humedades, por culpa de las lluvias y un atasco que había en la tubería que hay bajo la casa que hace de sumidero. Esto se arregló casi a las dos semanas, porque ella no podía venir a verlo y su amigo, que era fontanero, no coincidía con ella. Después de varios días por fin vinieron y al ser sábado tarde cobraban el doble, ( su amigo no podía hacer nada) por lo que le hicimos el favor de aguantar hasta el lunes para desatascar eso( contando con el peste a cloaca que suponía, pensad que cada vez que usabas algo con agua salía por el patio que pega al salón). Se ve que a raíz de esto salieron dichas humedades y se lo dijimos al la dueña del piso y nos dijo que llamaría al seguro. Por fin en septiembre vino el perito y este me dice que el seguro acaba de hacerse como quien dice, por lo que creo que hemos estado sin seguro de la casa todo el año y además no cubre las humedades. La casera dice q llamará a un albañil y aún, a día de 23/10/18 no ha venido nadie. Decidme que puedo hacer.

  4. Liliana dice:

    Necesito piso pequeño 1 persona. Gracias

  5. Elena dice:

    Me e trasladado de otra comunidad y hace pocos días , he alquilado un apartamento. Y al cabo d unos días y en las primeras lluvias. Por lo visto ya viene de antiguo según me han comunicado. Y por algún problema que tiene el edificio en algun canalón o bajada d agua desde el tejado. Me cae agua por una zona en techo y pared. Yo reclamo a la agencia. En la cual acabo d alquilarle. Pero no veo mucha solución. Tengo que pagarles el próximo mes. O dejarlo hasta q m lo solucionen?

  6. Vivian dice:

    Hola abogado quería preguntar el propietario de mí piso me ha echo un contrato de alquiler de arrendamiento de una habitación la casa tiene tres habitaciones pero como él no vive en ese piso en el verano viene por 30 días entonces es cuando comparto el piso con el,yo siempre he sido puntual en el pago de la renta y el está a gusto conmigo pero pregunto al año de cumplir el contrato si el me dice que me vaya del piso para rentar a otras personas,no puede darme más tiempo hasta que consiga otro alquiler?

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