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Cómo deben comunicarse casero e inquilino

Casero e inquilino hablan sobre piso en alquiler

noviembre 26, 2018 • Destacados, Guías Alquiler Pisos

¿Cómo debes decirle al casero que te marchas o que hay una avería? ¿Y a tu inquilino que le subes el alquiler? Aquí te decimos cómo hacerlo correctamente.

Cuando se van a producir cambios en el contrato de alquiler, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) estipula que tanto el arrendador como el arrendatario deben comunicarlo con antelación y de forma lícita. Ahora bien, dependiendo de qué es aquello que va a cambiar en el contrato, se establecen unas vías y plazos determinados. A continuación, te explicamos cuáles son las comunicaciones más frecuentes y cómo se deben abordar. ¡Presta atención!

Reparaciones y Averías

niño en reparaciones pisos en alquiler

Aunque la Ley de Arrendamientos Urbanos no especifica que son reparaciones necesarias de un inmueble y hay que recurrir a la jurisprudencia, en el artículo 21 de la LAU señala que las reparaciones y averías necesarias para garantizar la habitabilidad del inmueble, corresponden al arrendador, siempre que no hayan sido causadas por una negligencia del habitante. Por ejemplo, si existen problemas con el sistema eléctrico y la luz se va constantemente, o si las tuberías defectuosas provocan humedades y se necesita una modificación.

Mientras que las pequeñas reparaciones que estén motivadas por el desgaste del uso ordinario de la vivienda serán a cuenta del arrendatario, según se especifica en el artículo 21.4 de la legislación vigente.

Cuando el inquilino descubre alguno de estos problemas, debe comunicarlo con la mayor brevedad posible al arrendador. Para notificarlos, la forma más adecuada y que, por tanto, recomendamos es que se envíe un burofax con certificado de contenido y acuse de recibo. No obstante, también se puede comunicar mediante correo electrónico o por teléfono. Eso sí, recuerda que siempre debe quedar reflejado por escrito.

Renta del Alquiler

euros para pagar piso en alquiler 2

Atendiendo siempre a lo especificado en el contrato de arrendamiento, la renta del alquiler solo se podrá actualizar si esta variación viene recogida por las partes en el acuerdo. En muchas ocasiones, la renta del inmueble se actualiza, en función del indicador de referencia, al final de cada anualidad; hasta que se cumplen los tres años, donde se produce una renovación tácita, es decir, tienen que estar de acuerdo las dos partes.

Una vez que nos hemos asegurado de que podemos realizar dicha actualización de la renta, el siguiente paso es comunicarlo al inquilino. Para ello, se debe avisar siempre por escrito (como hemos dicho, burofax es el mejor método, pero servirían otros como el correo o el WhatsApp) o mediante nota en el recibo de pago de la mensualidad precedente. Además, se tiene que avisar con un mínimo de 30 días de antelación, ya que pasado este plazo el contrato se actualizará de una manera automática.

Necesidad de entrar en el piso

inquilina mirando por la puerta de piso en alquiler

Según el artículo 18.2 de la Constitución Española, “2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”. Por ello, el propietario solamente podrá entrar en el piso con el consentimiento expreso del inquilino o por orden judicial.

Normalmente, se estipula en el contrato de arrendamiento que el inquilino debe facilitar al propietario y a los técnicos la entrada al piso siempre que exista una reparación o para el mantenimiento de la vivienda.

No obstante, es necesario que el inquilino le dé consentimiento al arrendador cada vez que propietario o técnicos se dirijan al piso. Sin esta autorización, será necesaria una autorización judicial para acceder a la vivienda. Además, es importante recordar que cualquier cláusula que permite al propietario entrar en la vivienda sin el consentimiento del arrendatario, se considerará nula.

Dejar el piso en alquiler

inquilino dice adió a casero - dejar piso en alquiler

La Ley de Arrendamientos Urbanos estipula que el inquilino podrá dejar la vivienda antes de que el contrato llegue a su fin. Para ello, deben haber pasado seis meses desde la firma del contrato y el inquilino debe avisar con un mínimo de 30 días de antelación al arrendador.

Primero debes fijarte en las condiciones y cláusulas de tu contrato, ya que algunas veces se incluye una cláusula de penalización sobre la fianza legal por acabar antes de tiempo. Por ello, es muy importante que se deje constancia de que se va a abandonar la vivienda por escrito. Sea cual sea la vía escrita, se debe informar al casero y, si es posible, con acuse de recibo.

Fin de contrato de alquiler

mudanza a piso en alquiler

Los contratos se renuevan anualmente de forma automática, hasta un máximo de tres años. No obstante, en caso de querer desistir el acuerdo antes de tiempo, el inquilino debe comunicarlo expresamente y de forma fehaciente las intenciones de no renovar el alquiler 30 días antes de la finalización de este.

Aunque no se estipula un método concreto como lícito, es recomendable que redactes un documento en el que se especifique tu intención de no continuar en el piso y se lo envíes al propietario por burofax, carta o correo electrónico.

Por tanto, con los plazos y las formas correctas, se puede llegar a tener una muy buena relación entre inquilino y propietario de una vivienda. No se debe recurrir nunca a comunicar los cambios únicamente de forma verbal puesto que las palabras muchas veces se olvidan y pueden surgir conflictos. Por esta misma razón, es importante comunicarse correctamente y evitar los problemas legales, haciendo así una relación más fluida entre ambas partes.

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6 Responses to Cómo deben comunicarse casero e inquilino

  1. Isabel dice:

    Vivo en un piso de alquiler con muchos problemas de condensación y filtraciones, la humedad dentro del piso es extrema, llega al punto de moho en la ropa dentro de los armarios y charcos de agua cada mañana en el salón, sin hablar de las habitaciones que debajo de las ventanas están todas las paredes negras por la humedad y saltando la pintura, el propietario no se hace cargo de nada, me podrían indicar si hay algún organismo donde se pueda denunciar esta situación, el piso es insaluble.

  2. raffaele dice:

    Hola,
    me se ha estropeado el calentador y me he quedado por 10 dias sin agua caliente y logicamente con todos los problemas que ne consiguen.
    He hablado con el propietario y ha llamado un tecnico por arreglar todo, pero – como dicho – he tenido que esperar 10 dias para resolver.
    Puedo, segun ley, pedir la penalizacion de los dias sin agua al propietario, quitando la parte proporcional del alquiler mensual por los 10 dias?
    gracias

  3. Antonio dice:

    Quiero subir el precio de alquiler al alquilino como puedo hacerlo.

  4. Milagros dice:

    Vivo en el piso desde el año 2009 realizamos ,un nuevo contrato con la continuidad del anterior en el 2015 hasta el año en curso la propiedad ahora dice que quiere vender la vivienda y yo tengo hasta el 1/Abril /2019 que se renovaria el contrato como es porque el dice que es para venderla no para vivir habría alguna forma de poder estar en la vivienda hasta que se realice la venta

  5. Eva dice:

    Si he firmado un contrato de un año y por problemas familiares tengo que dejarlo a los siete meses pierdo la fianza que era de dos meses?

  6. Paula dice:

    Hola,!!!!
    Yo me encuentro en alquiler, en un sitio donde se realizó un contrato anual , al cual al cumplir los tres años la duela de la casa realiza un nuevo contrato por seis meses, terminando este en noviembre 2019, y renovándose automáticamente. Por otros seis meses. Es decir hasta abril , pero la señora desde que se renovó el contrato me esta pidiendo el inmueble Faltándome al respeto y si pagándole puntualmente , me esta queriendo sacar habiendo un contrato de por medio me tiene hostigada QUE PUEDO HACER?

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