
En enero de 2019 se estrenará Gaztelagun, el nuevo plan del Gobierno vasco para incentivar la emancipación de los jóvenes. Este programa va dirigido a personas de entre 23 y 35 años que, si cumplen los requisitos que detallamos abajo, podrán tener una ayuda para pagar hasta el 50% de su alquiler.
Ha sido el consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco, Iñaki Arriola, quien ha presentado en la Comisión parlamentaria del mismo nombre el Plan Director de Vivienda 2018-2020. Es ahí donde se enmarca el programa de ayudas al alquiler para jóvenes, Gaztelagun.
Arriola ha destacado las especiales dificultades que tienen los jóvenes para emprender un proyecto de vida autónomo: “Primero, por falta de recursos, ya que carecen de rentas acumuladas y cuando tienen trabajo este es precario o no suficientemente remunerado. Además, en el caso de tener un empleo pueden quedar fuera del acceso al alquiler social por superar el nivel de ingresos o por no tener cargas familiares”. Y ha añadido que no sería lógico ignorar ese problema cuando estamos buscando soluciones al envejecimiento de nuestra sociedad con políticas de familia que lo remedien.
En qué consiste la ayuda
La cuantía de la ayuda será de hasta el 50% de la renta mensual que deba satisfacer el beneficiario por el alquiler de su vivienda habitual y permanente. Cuando la vivienda la compartan dos unidades de convivencia formalmente constituidas, la ayuda se elevará hasta el 60% del alquiler.
En ningún caso, la cuantía de la ayuda podrá superar la cifra que esté fijada en cada momento para la prestación económica de vivienda (PEV), vinculada subsidiariamente al derecho subjetivo de la vivienda.
Dado que es un apoyo a la emancipación, al inicio de un proyecto de vida autónomo, la ayuda al alquiler para jóvenes se concederá por un plazo máximo de tres años. La ayuda será gestionada por Alokabide.
Requisitos para pedir la ayuda
- Edad: personas mayores de 23 años y menores de 35 años.
- Domicilio: tener como domicilio habitual y permanente la vivienda arrendada, aunque no sea como titulares del contrato de alquiler (se permite compartir piso).
- Ingresos: disponer de una fuente regular de ingresos que, en conjunto, supere los limites vigentes en cada momento para el cobro de la RGI (7.734 euros este año) y sean iguales o inferiores a 12.000, 15.000 y 18.000 euros, en función de que los residentes sean 1, 2 o 3 personas. Este umbral será de 20.000 y hasta 22.000 euros cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas con grados elevados de discapacidad.
A estos efectos, se entenderá que tienen una fuente regular de ingresos quienes estén trabajando por cuenta propia o ajena, el personal investigador en formación y los perceptores de becas, siempre que puedan acreditar una vida laboral de, al menos, seis meses de antigüedad de forma inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de, al menos, seis meses contados desde el día de su solicitud.
- Precio del alquiler: la renta de la vivienda objeto del contrato de alquiler no podrá superar los 600 euros mensuales con carácter general y los 750 euros en el caso de las tres capitales vascas y sus respectivas áreas funcionales.
Soy mayor de 52 años, llevo 14 años viviendo en alq
uiler en alokabide; con un sueldo al mes de 1000 E
Tendría derecho de beneficiarme de los 250E: gracias.
Lo siento pero no existen alquileres por importe igual o menor a 600€. La ayuda apenas tiene sentido.