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Ayudas Alquiler Madrid 2017: listados definitivos de beneficiarios y excluidos

madrid de noche

octubre 16, 2017 • Ayudas Alquiler, Destacados, Noticias inmobiliarias

La Comunidad de Madrid ha publicado el listado definitivo de beneficiarios de las ayudas al alquiler 2017 y también el de excluidos. Aquí abajo tienes toda la información.

Ya se han publicado los listados de los beneficiarios y excluidos de las ayudas al alquiler de la Comunidad de Madrid 2017. La ayuda paga el 40% del alquiler de las viviendas habituales de los beneficiados, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda. La renta actualizada a pagar por el alquiler debe ser igual o inferior a los 600 euros mensuales.

Listado Definitivo de Admitidos

Pulsa aquí para ver el Listado Definitivo de Admitidos en las Ayudas al Alquiler de la Comunidad de Madrid 2017.

El abono de la subvención reconocida se realizará efectuándose un primer pago por la cuantía acumulada correspondiente a las mensualidades que van desde enero hasta septiembre de 2017.

Para proceder al primer pago de la subvención concedida será necesario, cuando el contrato de arrendamiento se presentó junto con la solicitud de subvención, que los beneficiarios aporten la siguiente documentación en un plazo máximo de 15 días hábiles a contar a partir del 6 de octubre:

·Nota de Localización ofrecida por el Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, de titularidades inscritas a favor del solicitante y de aquellas personas mayores de edad que tengan su residencia habitual y permanente en la vivienda (que están empadronados en la misma).

·Si en dicha Nota de Localización consta que se es propietario o usufructuario de un bien inmueble, deberá aportarse Nota Simple del Registro de la Propiedad referido al mismo.

·Además, si a través de la Nota Simple se constata que se trata de una vivienda, deberá aportarse, o bien copia de la sentencia de separación o divorcio que acredite que no se dispone de su uso, o bien documento suficiente que justifique la imposibilidad de habitar la misma por causa ajena a su voluntad.

·La que acredite que están al corriente de pago de la renta de los meses objeto del pago. Los recibos que resulten ilegibles habrán de ser subsanados por cualquier medio que acredite que el arrendador está al corriente de pago en los meses objeto de la subvención (por ejemplo, declaración jurada del arrendador).

·SÓLO EN EL CASO DE QUE NO HAYA AUTORIZADO LA CONSULTA AL RELLENAR LA SOLICITUD Certificaciones administrativas positivas expedidas por la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Ambas certificaciones deben acreditar que los beneficiarios (se consideran beneficiarios de la subvención todos los titulares de los contratos de arrendamiento) se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

En el caso de que los beneficiarios hubieran manifestado su intención de acceder a un contrato de arrendamiento después del 16 de mayo de 2017 para que pueda procederse al abono correspondiente a los meses incluidos en el primer pago, deberán aportar, en un plazo máximo de treinta días a contar desde el 6 de octubre, la siguiente documentación.

·La documentación justificativa prevista en el apartado anterior y además la siguiente:

·El contrato de arrendamiento.

·El volante o certificado de empadronamiento colectivo e histórico

Plazo de presentación de la documentación: del 9 al 30 de octubre.

La documentación presentada antes del 9 de octubre se encuentra fuera de plazo y deberá presentarse de nuevo.

El impago de la renta de cualquiera de las mensualidades que correspondan al periodo subvencionado, o la no presentación de la documentación acreditativa de su pago en el plazo de 15 días hábiles, determinará la pérdida del derecho a la subvención correspondiente a las mensualidades afectadas.

El abono del resto de la subvención podrá realizarse en un segundo o tercer pago. La documentación justificativa del pago de la renta correspondiente a las mensualidades de octubre, noviembre y diciembre deberá presentarse hasta el 15 de diciembre de 2017 inclusive.

Listado Definitivo de Excluidos

Pulsa aquí para ver el listado definitivo de excluidos.

Pulsa aquí para ver los motivos de exclusión.

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167 Responses to Ayudas Alquiler Madrid 2017: listados definitivos de beneficiarios y excluidos

  1. Arantxa dice:

    Buenas tardes,
    He intentado pedir cita en calle maudes pero te dan para Julio!
    Mi problema es que me han realizado dos pagos pero me faltan aun casi 350€ y no se porque, alguien sabe algo?
    Para que otro listado en Mayo?? Esto es alucinante, nos vacilan como quieres, todavia tendran la cara de no pagarnos la totalidad.
    Gracias

  2. Alon dice:

    Y la ayuda de 2018… ¿para cuando? a estas fechas ya la estábamos entregando.

  3. MAYRA dice:

    Soy de Madrid y estoy en el listado de incluidos. Me gustaría saber cuándo se me realizará el ingreso, aún no he cobrado nada.
    Gracias

  4. tobias dice:

    Buenas tardes. Seguimos a la espera, en el 012 como siempre nada de información. Pedir cita en C/ Maudes nada, no hay citas disponibles. El listado de mayo ni se le ve ni se le espera, la web y los estados de los expedientes sin actualizar. Hize un recurso hace 24 días y aún no han contestado.
    Vamos que están organizados de maravilla. Que vergüenza de gente. No voy a comentar más por que me cabreo más.

  5. Ghizlane dice:

    Yo soy beneficiaria de la ayuda del alquiler 2015..y hasta el momento sigo esperando que me ingresen algo..sin resultado

  6. aicha dice:

    Por favor, hay alguien sabes algo por el segundo pago de ayuda alquiler 2017, o salir alguna listado???

  7. Marta dice:

    Estamos a 4 de Junio y aún falta una parte de la ayuda por recibir ….
    sin olvidarnos que la ayuda de alquiler de este año 2018 sigue sin salir …

    Alguien sabe algo más???

    Gracias !!

  8. Alondra dice:

    Esta gentuza esta esperando a la aprobación de los presupuestos 2018 para pagar lo que queda…. que asco me dan.

  9. MAYRA dice:

    estaba apuntada en un foro de la Comunidad Valenciana y allí todo el mundo ha cobrado ya la ayuda al alquiler no entiendo qué pasa con Madrid y tenéis razón llamo al 012 nadie sabe nada escribo y nadie sabe nada

  10. Laura dice:

    Buenos días
    La ayuda de alquiler del 2018 para cuando sale? Gracias x más q miro no veo nada

  11. Marta dice:

    Seguimos sin saber nada?? Ya a finales de Junio… qué vergüenza.
    Aún sin cobrar la segunda parte del alquiler 2017….
    y la del 2018?? La sacarán antes de que acabe el año??

  12. Paloma dice:

    En Extremadura no hemos cobrado aún ni primera ni segunda parte. De vergüenza!!!!!!

  13. Marta dice:

    Han sacado nuevos listados donde dicen que hemos perdido el derecho a una parte del cobro (que en mi caso corresponde a la parte que me queda por cobrar) pero NO DA NINGÚN MOTIVO ….
    a parte, No da opción a reclamarlo.
    No me parece justo, ya que nosotros SI cumplimos TODOS los requisitos….
    alguien sabe cómo reclamarlo???

  14. angela margarita dice:

    estoy incluida en la lista de admitidos y no he recibido nada, y no figuro en la de excluidos, por favor digame que tengo que hacer

  15. Ascensión P R dice:

    Estoy en la lista definitiva publicada el 13/10/18 y no he recibido ningún ingreso.
    Alguien puede ayudarme?
    Gracias

  16. Sara dice:

    Hola,
    Quería saber si estas ayudas hay que incluirlas en la declaración de la Renta. ¿Dónde podrían informarme? Muchas gracias.

  17. Pilar dice:

    Alguien sabe algo de cuando salen los listados ,de la ayuda para el alquiler 2018

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