
Durante el último año el precio medio de un piso en alquiler ha subido un 12,3%, un subidón que todavía sorprende al mirar hacia atrás a los crudos años de la crisis inmobiliaria. Y es precisamente al hilo de esta curva ascendente cuando caseros e inquilinos empiezan a hacer números … pero hay que parar el carro y ver cuánto, cuándo y cómo se puede subir el alquiler. Aquí lo ponemos todo claro.
Lo primero y principal: el alquiler sólo se puede subir de forma anual. Bueno, más que subir, se debe hablar de ‘actualizar’ porque lo mismo que se sube (que es lo más habitual), también se puede bajar. Por eso, la legislación vigente siempre habla de actualizar, aunque en la práctica, (casi) siempre se sube.
Y lo segundo, pero no por eso menos principal: dependiendo de cuándo se haya firmado el contrato, se aplican unos criterios u otros a la hora de actualizar la renta (subir el alquiler). Aquí abajo tienes todos los detalles.
Para contratos firmados antes del 6 de junio de 2013 (excepto renta antigua)
La subida del alquiler para los inquilinos con contratos firmados antes del 6 de junio de 2013 se hace siguiendo los siguientes criterios:
1.- Durante los primeros cinco años, sólo se puede hacer la actualización anual de la renta (subida del alquiler) según el Índice de Precios de Consumo (IPC) General.
2.- En el sexto año, y como requisito para que aplique la prórroga adicional de 3 años, el arrendador puede exigir un aumento de la renta. Si no lo hace, durante los tres años de la prórroga únicamente podría actualizar conforme a IPC.
El método para actualizar la renta según el IPC General es el siguiente:
A.- Se aplica a la renta correspondiente a la anualidad anterior, la variación porcentual experimentada por el IPC en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización.
B.- Siempre se toma como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas, el que corresponda al último aplicado.
Una opción más sencilla es utilizar la calculadora del INE para actualización de rentas con el IPC general.
Para contratos firmados del 6 de junio de 2013 al 1 de abril de 2015
La subida del alquiler para los inquilinos con contratos firmados a partir del 6 de junio de 2013 (fecha de entrada en vigor de la Ley 4/2013 de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado de Alquiler, conocida popularmente como Ley de Fomento del Alquiler) se hace siguiendo los siguientes criterios:
1.- El casero e inquilino pueden pactar libremente cómo hacer la actualización anual de la renta (subida del alquiler).
2.- Si el contrato no incluye este pacto, el alquiler se actualizará (subirá) según el Índice de Precios de Consumo (IPC) General.
Echa un vistazo al apartado anterior para ver cómo se hace la actualización de la renta según el IPC General.
Para contratos firmados del 1 de abril de 2015 al 6 de marzo de 2019
La subida del alquiler para los inquilinos con contratos firmados a partir del 1 de abril de 2015 (fecha en la que entró en vigor la Ley 2/2015, de desindexación de la economía española) se hace siguiendo estos criterios:
1.- El casero e inquilino pueden pactar libremente cómo hacer la actualización anual de la renta (subida del alquiler).
2.- Si el contrato no incluye este pacto, NO se puede actualizar (subir).
3.- Si el contrato sí que incluye la actualización de la renta (subida del alquiler), pero no se dice cómo se debe hacer, entonces se aplica el Índice de Garantía de Competitividad.
El Índice de Garantía de Competitividad se calcula tomando como referencia el IPC armonizado de la Eurozona en relación con el IPC español en 1999. El Índice de Garantía de Competitividad tiene un suelo del 0% (es decir, nunca puede ser negativo) y un techo, inicialmente fijado en el 2%, y que podrá modificarse para coincidir con el objetivo de inflación a medio plazo establecido por el BCE.
Para contratos firmados a partir del 6 de marzo de 2019
La entrada en vigor del Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler volvió a cambiar las reglas del juego a la hora de subir el alquiler durante la vigencia del contrato. Los contratos firmados a partir del 6 de marzo de 2019 tienen que regirse por estas normas:
- Subida del alquiler anual.
- Si en el contrato no se dice nada sobre la subida del alquiler durante su vigencia, no se podrá subir.
- Si el contrato no especifica la forma de subir el alquiler, se usará el Índice de Garantía de Competitividad como herramienta para actualizar la renta. Y para hacerlo se tomará como referencia el último mes publicado de este índice en la fecha de la actualización del contrato.
- No obstante, la subida del alquiler NO podrá ser mayor que el Índice de Precios de Consumo (IPC). No podrá exceder del resultado de aplicar la variación porcentual experimentada por el IPC a fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de actualización del contrato.
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Nota: Artículo actualizado el 6 de marzo de 2019 a raíz de la publicación de un Real Decreto Ley de Alquiler que modificaba las condiciones de la subida del alquiler durante la vigencia del contrato para los contratos firmados a partir de su entrada en vigor.
Tags: Subir Alquiler Piso
Hola.
Tengo un contrato de alquiler desde agosto 2013 por 550 en agosto del 2018 el dueño me sube 75 euros es legal y a fecha de hoy me pide el pido porque dice que lo pone a la venta. Que tiempo tengo yo para dejar el piso. Puedo yo descontar del fondo el valor del alquiler que árticulo legal de la key del inquilino me ampara.
Quedando a la espera de una respuesta,
Me despido.
Saludos.
Buenas tardes yo firmé el contrato el día 1/12/2018 por tres años. Con el nuevo decreto de ley se sigue quedando en tres o en cinco?. Y me lo pueden subir de precio?
Estoy de alquiler en un piso desde 2013 pagando 350€ cada mes, el año pasado subió 30€ porque dicen quetodo están subiendo y yano cubrí las gastos de la casa, también mi dicen que el alquiler van a subir cada año 30€ hasta que llegue 450€ cada mes, me puede decir si es legal y tambien desde 2013 firmó un contrato en 2013, 2014 no firmo nada hasta 2018 que cumple el 30 junio 2019?? Un saluda
tengo un piso alquilado desde el 1de marzo del 2018 y no he subido nada este año. es un alquiler de 520 y me gustaria subirlo a 550 . firmamos el contrato, pero para un año. y este ya se ha completado. puedo hacerlo legalmente? gracias
Buenas tardes:
Firmé mi contrato de alquiler en junio del 2016 por 500 euros, en el primer año ya me quiso subir como 60 euros, a lo que me negé y dije q dejaba el piso, pero mi casero prefirió que me quedara y subirme el IPC, durante estos dos años me ha subido el IPC y pago 518 euros, pero hace poco me ha llamado para decirme que mi alquiler va a subir 90 euros! es decir pagar 610 euros porque él tiene que cubrir gastos y que sino lo puedo pagar pues que él se trendrá q venir a su piso a vivir y yo salir del piso. Esto es legal??? en junio del 2019 haria tres años en el piso, y nose si él está en su derecho de pedirme la cantidad que quiera.
Un saludo.
Hola buenas tardes!!estoy en un piso de alquiler desde 2012 pagaba 550€ en 2015 pagaba 500€ porque el alquiler estaba bajo me vuelto apagar 550 en finales de 2017 hasta el dia de hoy quería renovar otro contrato con el dueño y me esta perdiendo subidas de cada año y me sube 100€ mas. ahora la ley me obliga las subidas de cada año o por tener contrato antiguo y no ponía nada de las subidas anuales.
Hola tengo el contrato desde el 25 de mayo del año pasado , mi pregunta es pueden decirme ahora que me subirán el alquiler o que me busque otra vivienda si no me interesa ???? A falta de menos de un mes no pueden hacerlo cierto ??? Vivo en un IBIZA y difícil conseguir una vivienda en plena temporada , tienen que avisarme antes de esto , que dice la ley al respecto ????
Hola soy Angelina y mi pregunta es yo renovemos mi contrato en febrero pero nunca me dijeron que me iban ha subir la renta pagaba 854 al mes y en abril 9 me hablo la mánager que mi renta abia subido ha 866 y nunca me mandaron un aviso solo me dijo no estas pagando la renta completa pues yo mandaba los cheques de 854 xq era esa la renta y me vine enterar que me avían subido xq me dijo que debía 24 dólares de dos mese, y ahora me llega un aviso que me iban ha subir la renta otra ves esones correcto y subió ha 982 dolares alguien me puede desir ho ayudar si esta bien lo que están asiendo xfavor gracias
Te pueden subir tu renta en tan solo poco tiempo en febrero me subieron y ahora 1 de mayo me llego un aviso que me aumentarían de nuevo en el mismo año es correcto
las subidas se hacen por ipc no pueden subir lo que quieran. ademas de que la subida te tienen que avisar con 1 mes de antelacion y tambien si te vas, no te renuevan o te hechan. las renovaciones son automaticas no hace falta hacer otro contrato. lo que no se si te pueden subir varias veces el alquiler en un año me parece que no.
el contrato antiguo pueden hacer subidas por el ipc
https://www.ine.es/calcula/calcula.do
esta es una calculadora de lo que te pueden subir de alquiler
Tengo un contrato de alquiler piso de mayo 2018 cuanto es ipc. Y cuanto tengo que pagar . Me an subido el 1,5 , pago 600 euros me subieron 8 euro está bien, gracias
Hola, tengo alquiler desde 1 de julio de 2013. Ahora me ha llamado mi casero para subir 200€. El contrato es de 5 años, con 3 más prorrogables. Me avisa un mes y poco antes de ese 1 de julio. Si no acepto subida, me tengo que ir.
?Puede hacer esto?
Muchas gracias
A nosotros nos pide 250€ más de golpe para renovar el contrato! O eso o a la calle. Puede hacerlo? Echarnos y meter a otros sin más?
Hola, mi contrato fue de 2 años que se me vence a principio de agosto y lo firme en julio del 2016 por 3 años.
Yo pago de alquiler en zona de horta 560 euros y ahora por la renovacion y todo el propietario me quiere subir el arrendamiento a 850 aproximadamente 300 euros más, esto es legal? o que podria hacer.
Me gustaría saber si con un contrato de tres años, me pueden subir el ipc al año.
Se me termina contrato el julio y qieren terminarlo o subirlo en 300e eso es una barbaridad soy madre soltera y no puedo afrontar esa subida como podría solucionar esto??no se qe hacer…vivo con mi hijo peqeño de 6años
Buenas tardes ,tengo un contrato de alquiler con flecha del 1 de agosto de 2014 con 450€ y el año pasado me a subido 50€ y este año quiere actualizar la renta y subirlme 100 € mas ,eso es posible ,subirme en 2 años 150€
en agosto hara 3 años que alquile una vivienda. Cuanto puedo subirle y cuantos años son de prorroga o renovacion?
Tengo un piso alquilado desde agosto 2018 y en el contrato indicamos, que debe subir anualmente lo que marque el IPC. Si es menor del 1%, subiría el 1%. Qué mes del IPC debo tener en cuenta?, julio? si es negativo, entonces baja o no sube? gracias,
Tengo un piso en alquiler desde hace mas de 12 año. Quitando los años de crisis que no se lo subimos, el rento de los años se ha subido el IPC. Este año hemos realizado mejoras en el piso y también creemos que esta por debajo del precio de mercado. Nuestra idea es subir 50 € al mes. tendremos algún problema, lo podemos hacer? Muchas gracias.
Firmé un contrato de alquiler el 01 de septiembre de 2017 y al término de la primera anualidad no apliqué la actualización correspondiente según la variación del IPC . ¿Puedo hacerlo ahora aplicando la variación entre septiembre de 2017 y septiembre de 2019 (2 años) ?
Por otro lado, con qué antelación hay que comunicar al inquilino la actualización y la nueva renta a pagar? Suponiendo que haya que comunicar la actualización con un mes de antelación, tendría que hacerlo en el mes de julio y el último índice publicado en ese momento es el de junio, ¿es esto correcto?
Gracias por la ayuda.
Estoy en un piso de alquiler pagando 650€ desde el 1 de abril de 2016. El 1 de abril de 2019 ha hecho tres años.
La dueña me comunica el 20 de julio (hace unos días) que en agosto me sube 50€.
Puedo negarme a esto?
Teniendo en cuenta que me lo ha dicho tres meses y medio después, vía WhatsApp, de que haya cumplido los tres primeros años, supongo no tendré que pagar esa actualización de 50€ hasta el 1 de abril de 2020, es así?
Esperando respuesta.
Muchas gracias.
Saludos.
Hola,tengo un contrato desde agosto de 2016 de 575e,en estos tres años no me ha subido nada,y ahora de golpe quiere 125 y un contrato nuevo,esto es legal?o son 5 años mínimo