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Renta 2014 para Inquilinos: ¿cómo afecta tu alquiler en tu declaración del IRPF?

Inquilina con llaves

abril 9, 2015 • El Alquiler en la Renta

¿Vives de alquiler y quieres saber cómo te afecta en tu declaración de la Renta 2014? Aquí te lo explico todo, lee atentamente porque podrías aplicarte la deducción estatal y la que pueda haber en tu comunidad autónoma si cumples los requisitos.

Vivir de alquiler puede conllevar la posibilidad de acogerse en IRPF a la deducción por alquiler de vivienda habitual, hay que subrayar el concepto de vivienda habitual:

Arrendamientos Urbanos: Edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.

Fiscal: Aquella donde el contribuyente ha permanecido más de 183 días durante un año natural.

La deducción estatal es el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual.

El requisito fundamental para esta deducción es que el contribuyente, con declaración conjunta o separada, tenga una base imponible en ese impuesto inferior a 24.107,20 euros anuales, es decir si esa base es igual o superior a la suma antedicha el contribuyente no puede acogerse a la deducción.

La Base imponible (BI) se calcula sumando las cifras consignadas en la casilla 366 y 374 de la página 11 de la declaración. Si se hace la declaración con el programa PADRE, éste no dejará incluir la deducción si no se tiene derecho a ella.

Por otra parte las cantidades máximas a consignar por alquileres son:

a) 9.040 euros anuales, cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales.

b) 9.040 – [1,4125 x (BI – 17.707,20)], cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107, 20 euros anuales.

inquilino calculando impuestos

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Con independencia de la anterior el contribuyente podrá acogerse a las deducciones vigentes en su Comunidad Autónoma para la Renta 2014 si reúne los requisitos exigidos que a continuación se enumeran en un esquema resumido (s.e.u o.)

Chapter 1. Andalucía: 15% del alquiler satisfecho. Máximo 500 euros sea conjunta o separada la declaración

• Menor de 35 años
• Base imponible igual o menor a 19.000 euros en tributación individual. 24.000 euros en tributación conjunta.
• Fianza depositada en organismo Comunidad Autónoma
• Consignar NIF del arrendador. Casilla 703 de la declaración.
• Constar en el contrato como inquilino, salvo matrimonio en gananciales.

Chapter 2. Aragón: 10% del alquiler satisfecho con máximo de 4.800 euros anuales.

• Arrendamiento con opción de compra, procedente de dación en pago.
• Base imponible igual o menor a 15.000 euros en tributación individual. 25.000 euros en tributación conjunta.
• Fianza depositada en organismo Comunidad Autónoma.

Chapter 3. Asturias: 10% del alquiler satisfecho. Máximo 455 euros sea conjunta o separada la declaración. Vivienda rural (vivienda que se ubique en suelo no urbanizable según la normativa urbanística vigente en el Principado de Asturias, y la que se encuentre en conce¬jos de población inferior a 3.000 habitantes): 15% y 606 euros de máximo.

• Base imponible igual o menor a 25.009 euros en tributación individual. 35.240 euros en tributación conjunta
• Alquiler pagado debe superar el 10% de la base imponible.

Chapter 4. Canarias: 15% del alquiler satisfecho. Máximo 500 euros.

• Base imponible igual o menor a 20.000 euros en tributación individual. 30.000 euros en tributación conjunta.
• Alquiler pagado debe superar el 10% de la base imponible.
• Consignar referencia catastral de la vivienda y NIF del arrendador. Casilla 703 de la declaración.

Chapter 5. Cantabria: 10% del alquiler satisfecho. Máximo 300 euros declaración separada. 600 declaración conjunta.

• Menor 35 años cumplidos o 65 o más o discapacitado 65%.
• Base imponible igual o menor a 22.000 euros en tributación individual. 31.000 euros en tributación conjunta
• Alquiler pagado debe superar el 10% de la base imponible.

Chapter 6. Castilla la Mancha: 15% del alquiler satisfecho. Máximo 450 euros. 20% y 612€ Alquiler en pequeños municipios.

• Menor de 36 años y residencia habitual en Castilla La Mancha.
• Base imponible igual o menor a 12.500 euros en tributación individual. 25.000 euros en tributación conjunta.
• Consignar NIF del arrendador. Casilla 792 de la declaración.
• Contrato de arrendamiento liquidado de ITP.

Chapter 7. Castilla y León: 15% del alquiler satisfecho. Máximo 459 euros. 20% y 612€ Alquiler en núcleos rurales.

• Menor de 36 años.
• Base imponible igual o menor a 18.900 euros en tributación individual. 31.500 euros en tributación conjunta.
• Consignar NIF del arrendador. Casilla 810 de la declaración.

Chapter 8. Cataluña: 10% del alquiler satisfecho. Máximo 300 euros. 600€ familias numerosas. Máximo por vivienda 600€.

• Alguna de estas circunstancias: 32 o menos años de edad. Haber estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio. Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100. Ser viudo o viuda y tener 65 años o más.
• Base imponible igual o menor a 20.000 euros. 30.000€ familias numerosas
• Alquiler pagado debe superar el 10% de de los rendimientos netos del contribuyente.
• Consignar NIF del arrendador. Casilla 841 de la declaración.

Chapter 9. Galicia: 10% del alquiler satisfecho. Máximo 300 euros.

• Edad máxima 35 años
• Fecha del contrato de arrendamiento sea posterior a 1 de enero de 2003
• Fianza depositada en organismo Comunidad Autónoma o bien copia compulsada de la denuncia presentada ante dicho organismo por no haberle entregado dicho justificante la persona arrendadora.
• Base imponible igual o menor a 22.000 euros tanto en tributación individual como en conjunta.
• Consignar NIF del arrendador. Casilla 866 de la declaración.

Chapter 10. Madrid: 20% del alquiler satisfecho. Máximo 840 euros

• Menor de 35 años
• Base imponible igual o menor a 25.620 euros en tributación individual 36.200 euros en conjunta.
• Alquiler pagado debe superar el 10% de de los rendimientos netos del contribuyente
• Fianza depositada en organismo Comunidad Autónoma. A tales efectos, el contribuyente deberá obtener una copia del resguardo de depósito de la fianza en el IVIMA o bien poseer copia de la denuncia presentada ante dicho organismo por no haberles entregado dicho justificante el arrendador.
• Consignar NIF del arrendador. Casilla 878 de la declaración

Valencia:

A.- Por arrendamiento de la vivienda habitual. 15% del alquiler satisfecho. Máximo 459 euros. 20% y 612€: 35 años o menos o Discapacidad física 65% /psíquica 33%. 25% y 765€: 35 años o menos y Discapacidad física 65% /psíquica 33%.

• Fecha del contrato de arrendamiento sea posterior a 23 de abril de 1998 y su du¬ración sea igual o superior a un año.
• Fianza depositada en organismo Comunidad Autónoma
• No tener el contribuyente o miembro de su unidad familiar otra vivienda a menos de 100 kms. de la arrendada
• No tenga derecho en el mismo período impositivo a deducción alguna por inversión en vivienda habitual
• Base imponible igual o menor a 24.000 euros en tributación individual 38.800 euros en conjunta

Chapter 11. B.- Por arrendamiento de una vivienda, como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en distinto municipio. El 10% del alquiler satisfecho. Límite máximo de 204 euros.

• Que la vivienda arrendada, radicada en la Comunitat Valenciana, diste más de 100 kilóme- tros de aquélla en la que residía inmediatamente antes del arrendamiento.
•Que se haya constituido el depósito de la fianza a la que se refiere el artículo 36.1 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, a favor de la Generalitat.
•Que las cantidades satisfechas por el arrendamiento no sean retribuidas por el empleador.
• Que la base liquidable general y del ahorro del contribuyente, suma de las casillas 488 y 495 de las páginas 13 y 14 de la declaración, no supere las siguientes cantidades: 25.000 euros en declaración individual y 40.000 euros en declaración conjunta.
• El límite de esta deducción se prorrateará por el número de días en que permanezca vigente el arrendamiento dentro del ejercicio.
• Cuando dos o más contribuyentes declarantes del impuesto tengan derecho a la aplicación de esta deducción por una misma vivienda, el límite se prorrateará entre ellos por partes iguales.

Chapter 12. NOTA IMPORTANTE

Uno de los requisitos exigidos en casi todas las Comunidades Autónomas es el depósito de la fianza en el Organismo correspondiente de esa Comunidad. Obligación legal impuesta por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

A pesar de ser una obligación del casero, la falta de ese depósito dará lugar a una liquidación paralela del IRPF, dando de baja la deducción con intereses y posible sanción.

Como quiera que, salvo en Galicia y Madrid, no se prevé una solución alternativa, es conveniente antes de acogerse a la deducción comprobar, si no se exigió en el momento del contrato, que el casero ha depositado la fianza.

¿Dudas? ¡Pregunta en nuestra Comunidad!

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17 Responses to Renta 2014 para Inquilinos: ¿cómo afecta tu alquiler en tu declaración del IRPF?

  1. Patrycja dice:

    Y Baleares????????

  2. Hola Patrycja,

    Baleares no tiene deducción por alquiler de vivienda habitual, pero mira la deducción estatal para ver si cumples los requisitos porque igual puedes aplicártela:

    Saludos,
    Amparo, de Enalquiler.com

  3. jose dice:

    Tengo una duda, vivo en la comunidad valenciana y mi duda es sobre este apartado:
    Por arrendamiento de una vivienda, como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en distinto municipio
    vivia en una ciudad en el año 2013, me desplazaron a mas de 100 km a otro municipio, o sea en 2014 estaba trabajando en otro sitio, y en mitad del 2014 me volvieron a desplazar a mas de 100knm del primero y del segundo
    en mi declaracion de 2014 tengo derecho a la deduccion completa de los dos traslados( los 365 dias del año)??
    o solo al ultimo traslado??

    gracias

  4. Julio dice:

    Como inquilino: ¿se incluye el mes de fianza para el cálculo de la cantidad a deducir en la declaración de la renta?. Gracias.

  5. Hola Julio,

    Te recomiendo que preguntes directamente sobre tu caso en La Comunidad porque allí hay expertos inmobiliarios dispuestos a ayudarte. 
Pulsa sobre el enlace y pregunta >> http://goo.gl/Goy7Y7

    Saludos,

    Amparo, de Enalquiler.com

  6. Judith dice:

    Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente:
    - Soy de Cataluña, y pago 450 euros de alquiler de piso. Cumplo las condiciones que me plantean (más de 183 dias de paro), por lo que calculo me coresponde un retribución de 540 euros, me darian la totalidad? o por lo que entiendo el maximo son 300 euros?.
    Gracias.

  7. Hola Judith,

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  8. LAURA dice:

    Hola,
    tengo una duda, vivo en Alicante en una vivienda en alquiler con opción de compra con 500 € de mensualidad y una entrada que dimos en opción de compra. Quería saber si tengo opción a alguna deducción por este alquiler pero yo no dí ninguna fianza. Añado que no tengo obligación de hacer la declaración de la renta pero normalmente la hago porque me devuelven.
    gracias de ante mano.

  9. Marta dice:

    Muchas gracias por todas sus fantásticas explicaciones…!! -:)

  10. Hola Laura,

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  11. Ana dice:

    Hola, gracias por tu explicación. No estoy al dia en estas cuestiones, por lo que me han quedado varias dudas. Desde que me independicé no me he empadronado en la ciudad donde me he mudado, entonces ¿sigo formando parte de la anterior unidad familiar? ¿O ya formo nueva unidad familiar junto a mi pareja? Lo digo porque vivo a menos de 100km de mi anterior vivienda, por lo que no sé si podría ser un problema para la deducción por alquiler (en la Com. Valenciana) . Además mi casero, aunque nos hizo contrato, creo que no declaraba el piso, por lo que no sé si yo puedo incluir el alquiler en mi declaración. Muchas gracias por adelantado.

  12. luis dice:

    Buenas, voi a dar de entrada para un piso de alquiler con opción a compra 13.000 € y luego 500€ para la mensualidad , el año que viene cuando vaya hacer la renta que me contaria , que entraria quiero referirme , espero haberme explicado bien ,gracias, un saludo

  13. luis dice:

    Soy de sevilla

  14. sandra dice:

    Como puedo saber si mi casero ingresó la fianza en el organismo que le corresponde??Soy de galicia y es la primera vez que voy a incluir el alquiler en mi declaración Y si el casero no la ha ingresado,que puedo hacer yo para incluir el alquiler en la declaración sin tener después problemas??.Gracias.

  15. Jessica dice:

    Buenas tardes,
    Yo pongo en la casilla de deducción por alquiler la cantidad total q he pagado y no me suma dicha deducción en el resultado final. No sobrepaso el sueldo máximo…pero existe un sueldo mínimo? Yo hago media jornada.
    Gracias.

  16. Mercedes dice:

    Hola soy Mercedes, y también tengo una dudas respecto a la deducción del alquiler de piso en Cataluña.
    Entro dentro de contribuyente de menos de 20.000 € y pago 530 euros de alquiler al mes, solo tengo que deducir el importe total de 300 €
    Y la otra es es que casilla (veo que hay dos) estatal y autonómica supongo que lo tengo que hacer en la autonómica.

    Gracias,.

  17. INÉS dice:

    Buenos días,

    Me ha surgido una duda a la hora de proceder o no a incluir el alquiler a mi declaración de la renta. Expongo mi caso: el 31 de Marzo de 2014 firmamos un alquiler con opción a compra de una vivienda, en nuestro caso el alquiler era durante un año y todas las cuotas satisfechas en alquiler estaban destinadas a deducir el importe de la compra de la vivienda. Llegado el 31 de Marzo de 2015 hemos optado por la compra y hemos escriturado por el importe acordado pero me surge una duda a la hora de elaborar la declaración de la renta del 2014 y es que dudo si incluir las cuotas satisfechas en alquiler durante el ejercicio 2014 en la declaración o por el contrario, al estar destinadas a deducir el importe de compra han de considerarse como un dinero empleado en la adquisición de la vivienda y como tal no tengo derecho a incluir dichas cuotas en la declaración. Necesito ayuda, he acudido a varias asesorías y me han dicho cosas diferente, no sé que hacer…. Espero puedan ayudarme. Muchas gracias de antemano.

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