
En tal sentido y en lo que se refiere a inquilinos se suprime la deducción por alquiler de vivienda habitual.
Con carácter transitorio se mantiene la deducción a inquilinos, con contrato anterior a 1/01/2015 y que la hubieren disfrutado en un período impositivo devengado con anterioridad a 1 de enero de 2015.
Hay que subrayar no obstante que esta medida no afecta a las deducciones autonómicas sobre el alquiler de vivienda que, de momento, siguen vigentes, con lo cual se profundiza la discriminación fiscal a los contribuyentes dependiendo de su localización geográfica.
En cuanto a los caseros o arrendadores de viviendas el tratamiento fiscal queda así: Se mantiene exclusivamente una reducción del 50% del alquiler neto percibido en cualquier caso.
Se modifica sensiblemente la situación anterior:
Se suprime la reducción del 100% para alquileres de vivienda cuyo inquilino fuera menor de 30 años, lo que supone un incremento de la presión fiscal, para estos casos del 50%.
En los demás casos se produce un incremento de la presión fiscal del 10%, puesto que la reducción pasa del 60% al 50%.
Conviene recordar que esta reducción solo se aplica en el caso de alquileres declarados por el contribuyente, si son descubiertos por la agencia tributaria éste no puede acogerse a la reducción.
Como comentario final cabe destacar la extrañeza, rayana en el estupor, que produce el incremento de la presión fiscal en un bien tan necesario, tan escaso y tan caro como es la vivienda, y máxime cuando se trata de vivienda alquilada, cabe suponer que ese aumento de la presión fiscal a los caseros sacará del mercado muchas viviendas, debido a la incertidumbre en el cobro de los alquileres. ¿Para cuándo una autentica medida que garantice el cobro de alquileres o la expulsión del mercado de los inquilinos morosos profesionales?
Pedro Hernández, abogado
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Tags: deducciones alquiler
Buenas, estoy intentando hacer un simulador de la Declaración de Renta para 2016 pero es interminable y no logro acabarla. Mi intención es saber cuánto deberé pagar a Hacienda por alquilar mi piso a 700 Euros al mes. Yo pago una hipoteca, pero al no residir ni tener ingresos en España, no me la puedo desgravar. Sabe alguien si se calcula un % específico sobre el precio del alquiler que deberé devolver a Hacienda? Así puedo prever si me es conveniente alquilar el piso o dejarlo vacío. Gracias !