Yurena hace la siguiente pregunta:
“Hola,
Que tal soy de tenerife y tengo una casa alquilada el dueño de la vivienda vive encima de mi. yo entre a la vivienda en el año 2006 y en el 2007 ambas partes estabamos de acuerdo con la prórroga del contrato de la vivienda a 5 años.
Hace meses tengo problemas de humedad en la habitación de mi hijo de 5 años y su armario se ha llenado de mugo totalmente, las llaves de la bañera estan en mal estado y me vienen facturas muy altas de agua y él se niega a arreglarme todo eso dice que eso tengo que pagarlo yo y solucionarlo yo.
A parte la bañera está en muy mal estado y dice que él no tiene la obligacin de hacer nada. En el edificio hay 6 viviendas con la de el y no hay una antena colectiva para ver la televisión y se niega a ponerla y incluso no me deja poner la compañia ono de teléfono si no exclusivamente telefónica. quiero saber qué derechos tengo yo como inquilina.
Gracias un abrazo desde tenerife canarias.”
Respuesta
Respecto a las reparaciones de mantenimiento para servir al uso convenido, deben ser a cargo del propietario, siempre y cuando no lo haya roto el inquilino, o no sean por el desgaste del uso del inquilino. Es decir, la mancha le corresponde al propietario, la bañera y las llaves se tendría que ver porque están en mal estado, por su antigüedad o por otro motivo, y referente a la antena de televisión no tiene ninguna obligación de ponerla, lo de la compañía ono si en el contrato no han pactado nada que lo prohíba, usted es libre de contratar la compañía que desee. Este último punto tendría que verse según el contrato de arrendamiento.
Iván Rodríguez
Director
Tot Habitatge Serveis Inmobiliaris
¿Qué es lo que tiene que arreglar el casero en un piso alquilado?
9 Responses to ¿Qué es lo que tiene que arreglar el casero en un piso alquilado?
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¿Pueden desalojar a una inquilina de renta antigua por la venta de la finca? Siguiente:
¿Qué derechos y obligaciones tengo si vivo de alquiler pero no tengo contrato?
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He visto lo bien que va leer sobre alquileres cuando estás de inquilino. Necesito una respuesta a la siguiente pregunta. Enhorabuena por su buen hacer.
¿Qué ocurre con la fianza si uno de los dos inquilinos del contrato se marcha del piso y se hace contrato nuevo con el inquilino que queda al finalizar el periodo para el cual se firmó el primer contrato?
Saludos.
¿Firmamos un contrato de un año de alquiler quién acabado en el 15 de diciembre y la agencia nos dijo que podríamos decidir quedarnos un año más luego un año … querría saber si a cada renovación de contrato la agencia tiene el derecho a pedirnos pagar gastos de agencia como en el momento del primer contrato? (El 10 % del importe de uno del alquiler)
gracias
Un saludo,
Nathalie Louvel
Revisando el contrato firmado, he visto una parte en la que dice que debo poner parket en el piso y dejarlo en beneficio de la propietaria, el día de la firma no se me habló de esa condición, tengo obligación de hacerlo.
Gracias
Santiago,
Al hacer un nuevo contrato se debe devolver la fianza a los dos inquilinos y cuando se formalice el nuevo contrato se le debe pedir una nueva fianza al inquilino que se queda en la vivienda.
Nathalie,
Una vez se llegue a la fecha de finalización del contrato de alquiler, éste se prorroga de forma automática y obligatoria por un año más y así sucesivamente hasta sumar un mínimo de cinco años. Ese es tu derecho como inquilina, permanecer en la vivienda alquilada durante un mínimo de cinco años si cumples con todas tus obligaciones como inquilina. Si tú deseas abandonar la vivienda antes debes avisar al propietario un mes antes de que finalice cualquiera de las prórrrogas anuales.
Es decir, no debes hacer ninguna renovación de contrato porque es automática.
Yolanda,
No es algo normal pedir al inquilino que haga esta mejora en una vivienda. Normalmente se llega a este tipo de acuerdos cuando se necesitan hacer reparaciones en la vivienda o se quiere mejorarla y el propietario rebaja el alquiler o deja que se esté en la vivienda unos meses sin pagar el alquiler y el inquilino asume las reparaciones o mejoras en la vivienda.
No obstante, si tú has firmado que lo vas a hacer, tendrás que aportar pruebas que atestigüen que tú nunca llegaste a ese acuerdo con la propietaria porque ella sí que te puede exigir que lo hagas porque lo has firmado.
Buenas tardes quiero realizar otra pregunta porque me ha surjido estos dias.
Les comento tengo 28 años y he solicitado la ayuda de 210 euros que da el gobierno hasta los 30 años. Al arreglar la documentación me dicen que necesito el número de cuenta del dueño del piso para justificar que se hacen los ingresos. Él se niega a dármelo puesto que como vive encima de mi acordamos en su día pagarle en su vivienda. Me dicen en el ministerio de la Vivienda que para percibir esa ayuda necesito como requisito fundamental que el propietario de la vivienda me deje su número de cuenta si no no la puedo cobrar. ¿Está obligado el dueño a dármela? ¿Qué puedo hacer? ….
Gracias,
Un abrazo desde Tenerife.
hola, mi opregunta es la siguiente,
me tengo que mudar de apartamento, y he acordado , hace 1 mes y medio, con mi casero verbalmente que puedo marcharme 4 meses antes de la resolucion del contrato de alquiler de un año, de modo que los 2 meses de fianza se los queda el y yo no le pago los ultimos dos meses. ¿Puede el ahora reclamarme dinero de los meses que no se cumpliran en ese año de contrato?Ademas, el ya ha puesto el piso en alquiler, y viene gente mientras yo estoy en la casa,previo aviso,eso si.
Otra cosa,es que en el contrato me pone que él con un aviso anterior, puede visitar la casa,pero,¿puede tener llaves de la vivienda?ya que me consta que las tiene.
Otra cuestion es que llevo casi 3 semanas sin agua caliente y el casero me dice que ya ha llamado al fontanero pero este no se presenta. En el contrato se explica que soy yo,el que se hace cargo de los gastos de suministro y servicio de agua luz,etc… ¿eso incluye tambien el de mantenimiento?
Si lo arreglo yo, puedo reclamarle el dinero del coste de algun modo?
Gracias
Hola,
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