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¿Se puede alquilar una VPO que no esté descalificada?

octubre 16, 2007 • Preguntas y respuestas sobre alquiler

Irene hacer la siguiente pregunta:

¿Se puede alquilar una v.p.o que no este descalificada? ¿Qué consecuencias traería?

Respuesta
Las viviendas de protección oficial se adjudican para su uso, por el beneficiario, para satisfacer su necesidad permanente de vivienda. Normalmente este tipo de viviendas se hacen para que sean ocupadas por sus adjudicatarios y ellos están obligados a ocuparlas en los tres meses siguientes tras su entrega. Este tipo de viviendas se puede alquilar una vez han sido descalificadas (un número determinado de años tras los cuales se puede vender o alquilar y que se especifican en el contrato).

También hay algunas excepciones en las que se puede alquilar la vivienda aunque no esté descalificada a un precio de alquiler máximo, todo depende de la normativa a la que esté sujeta. Incluso hay VPPA, viviendas de protección pública para el alquiler, inmuebles construidos para ser alquilados.

Pero por lo que me dices, la vivienda no está descalificada por lo que entiendo que no se puede alquilar y las consecuencias de alquilarla pueden ser graves. Te aconsejo que revises las bases de adjudicación de la vivienda, puesto que en ellas debería aparecer la fecha en la que se descalificará (si es pertinente) y las consecuencias de alquilarla antes de esa fecha:

Te aconsejo que te leas: ¿Puedo alquilar una vivienda VPO?

6 Responses to ¿Se puede alquilar una VPO que no esté descalificada?

  1. ana paula sanchez dice:

    hola,

    Vivo en un piso que tiene serios problemas en la instalación eléctrica. Varios enchufes no sirven y también hay problemas con los electrodomésticos por subidas y bajadas de tensión. Yo tengo un seguro (la propietaria no lo tiene)que se ha hecho cargo de algunas deficiencias pero ya me han anunciado que si no se hace una modificación en la instalación los problemas serán continuos. La propietaria dice que no pagará nada por que considera que es por desgaste. Yo ya tengo siete años en el piso y los problemas van a más. ¿quién tiene que pagar un arreglo de esta magnitud? Y si es ella ¿cómo puedo presionarla legalmente para asumirlos?

  2. anna maria dice:

    tenemos contrato indefinido en barcelona,los propietarios viven en otro piso de su propiedad el cual tiene unos 50m4 mas 60 de terraza.Hemos recibido una notificacion la cual nos expone que tenemos, que abandonar nuestro piso,pues viene la hija de los propietarios con el marido y su hijo, para cuidar de ellos y nos comunican que el piso de sus padres es pequeño.

    Para intentar un arreglo en caso de que tubiesen derecho,les ofrecimos,un cambio de piso el suyo por el nuestro pues estan uno al lado del otro,a lo que se negaron rotundamente.

    esperando alguna solución por su parte.

    Dándoles gracias de antemano.

  3. Amparo dice:

    Ana,

    Es claramente asunto de la casera, es una obra de mantenimiento de la habitabilidad del piso y tiene que asumirla ella. Dile que así lo especifica el artículo 21 de la LAU de 1994:

    “Artículo 21. Conservación de la vivienda
    1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario, a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.

    La obligación de reparación tiene su límite en la destrucción de la vivienda por causa no imputable al arrendador. A este efecto, se estará a lo dispuesto en el artículo 28.”

    Pídele esto por escrito. Si no hace la reparación entonces puedes indicarle que es un motivo para cancelar el contrato de alquiler sin que tengas que indenmizar por dejar el contrato antes de tiempo.

  4. Amparo dice:

    Anna María,

    Si tienes un contrato de renta antigua y los propietarios te indican que lo necesitan para vivir en él no puedes negarte a abandonar el piso.

    Te recomiendo que te leas mi post: ¿Se puede echar a inquilinos de pisos en alquiler de renta antigua?

  5. pablo dice:

    Sobre el alquiler de vivienda sin descalificar, se puede alquilar, hasta incluso a precio alzado (precios revisados y actualizados por las consellerias de viviendas), casi siempre se permite, no se suele revisar los alquileres, dentro de lo razonable.

  6. Victoria dice:

    Hola. Alguien podría indicarme los precios mínimos y máximos para el alquiler de una VPO?? Dónde puedo encontrarlo?? Llevo tiempo intentandome informar y no saber cuales son.
    Gracias

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