El casero no está obligado a reparar los daños producidos por las deficiencias en elementos comunes
Mediante Sentencia de fecha 29 de febrero de 2012 el Tribunal Supremo ha establecido como doctrina jurisprudencial que el arrendador no está obligado a reparar los daños causados en el local arrendado, sometido al régimen de propiedad horizontal, producidos por los defectos existentes en los elementos comunes.
El pronunciamiento, extensible a los alquileres de vivienda, evita las incertidumbres que hasta el momento se daban a tenor de los diferentes pareceres de los Tribunales.
Ahora bien, la doctrina jurisprudencial tiene unas bases que se erigen en requisitos imprescindibles para su aplicación. Analicémoslos:
1º. El arrendamiento lo debe de ser de finca urbana destinada a vivienda o a usos distintos del de vivienda.
2º. La finca urbana debe estar sometida a la Ley de Propiedad Horizontal.
3º. Los daños del inmueble arrendado deben provenir de defectos de los elementos comunes del Edificio del que forme parte integrante. Es materia de prueba.
Consecuencias.- De concurrir todos y cada uno de los expresados requisitos, entre las obligaciones contractuales del arrendador no se encontrará la de reparar los daños causados en la finca alquilada. Inexistente, pues, la responsabilidad contractual de éste.
Observación final.- De lo expuesto no se desprende que el arrendatario quede desprotegido ante la existencia de daños en la finca alquilada con origen en elementos comunes. Puede formular su reclamación al causante de los daños, bien lo sea el promotor de las obras, la comunidad de propietarios (al tratarse de elementos comunes), la compañía aseguradora de la comunidad (artículo 76 de la Ley del Contrato de Seguro), etc. Lo que nunca prosperará es el ejercicio de la acción personal directa contra el arrendador con fundamento en la responsabilidad contractual.

Por Gabriel de Alvear Pardo.
Abogado y colaborador de CAFMadrid
Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid
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Opiniones de Barrios


Wednesday, 9 May 2012 a las 11:37
Sin duda las reparaciones de inmuebles son un asunto que trae de cabeza tanto a arrendadores como a arrendatarios, cuanto mejor estipulado este todo, menos problemas se darán en el futuro