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Por qué hay menos sentencias por falta de pago de la renta o fianza

Recientemente se ha publicado por parte del Instituto Nacional de Estadística (INE) unos datos según los cuales ha descendido el número de procedimientos sobre arrendamientos urbanos. Entiendo que esta estadística se ha centrado en los juicios más comunes sobre arrendamientos: los desahucios y, más concretamente, los derivados de la falta de pago. Con este artículo pretendo dar mi modesta opinión sobre qué ha podido influir en este descenso en este tipo de procedimientos.

Motivos de descenso de los procedimientos sobre arrendamientos pueden ser varios:

• La situación de crisis que también afecta a los propietarios que esperan un tiempo para asumir el gasto de un procedimiento.

• Una cierta empatía de éstos propietarios hacia la situación de sus inquilinos.

• Una concienciación de la necesidad de mantener una vivienda por parte de los arrendatarios

• Las transacciones extrajudiciales, entrega de llaves antes de iniciar un procedimiento …

Los anteriores motivos ha podido influir en el citado descenso pero, a mi modo de ver, la causa principal a la que puede responder puede ser la modificación la Ley de Enjuiciamiento Civil. Esta reforma ha servido para convertir los juicios de desahucio en procedimientos -mal llamados- “express”. Con esta modificación, si pasados diez días desde la notificación de la demanda, el inquilino no manifiesta que se opone al desahucio, el Juzgado dictará resolución (concretamente un Auto) por la cual declarará por finalizado el procedimiento, sin que sea necesario celebrar la vista y, por lo tanto, dictar sentencia.

Creo que con la reforma de la LEC lo que se ha conseguido no es evitar que se interpongan más procedimientos que versan sobre arrendamientos, sino que la gran mayoría de éstos (los desahucios) no llegan a juicio porque previamente el Juzgado dicta una resolución –no una sentencia- por la que declara finalizado el procedimiento. Entonces, si la estadística se ha tomado partiendo de la base de cuántas sentencias se han dictado, es evidente que ello ha supuesto descenso pues donde antes el proceso finalizaba con sentencia ahora finaliza con un auto y sin la necesidad de celebrar vista.

FETSCHER, ADVOCATS i ASSOCIATS
Albert Fetscher i Vela
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1 Comentario a “Por qué hay menos sentencias por falta de pago de la renta o fianza”

  1. Carmen dice:

    Es cierto lo q dices, no es menos cierto q también no existen dudas de oposición llegado ese punto

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