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¿Qué puedo hacer si la casera no me devuelve la fianza?

Olga hace la siguiente pregunta:

“Buenos días!

Me gustaría saber q puedo hacer si la dueña del piso donde viví no me devuelve la fianza. No tenemos el contrato pero tengo el papel con todos sus datos y firma que justifica el pago de la fianza. Llevo dos meses intentado recibir mi dinero, ella cuelga el móvil, no me deja entrar en su piso. No soy española. Estudio un Master en Madrid.

Gracias de antemano. Olga”


Respuesta
Me temo que estás obligada a demandarla, para lo cual necesitas un abogado y un procurador. El único consuelo que puedo ofrecerte es que, aunque al principio tendrás que adelantar algún dinero, tras el juicio recuperarás no solo la fianza, sino también todos los gastos que te haya ocasionado.

Quizá la arrendadora juegue con el convencimiento de que tú no vas a recorrer esos caminos, pero si no te gusta que se rían de ti, debes saber que la ley te ampara. La arrendadora está obligada a devolverte la fianza con intereses a partir de un mes desde la entrega de las llaves, siempre que no pueda demostrar que la ha usado para pagar rentas o recibos de suministros pendientes, para reparar daños en la vivienda o para compensar la pérdida de rentas, en el caso de que hayas abandonado la vivienda antes del término del contrato.

El procedimiento empieza con un requerimiento, por ejemplo por medio de un buro-fax con certificación de contenido, pidiendo a la arrendadora la devolución de la fianza y haciéndole ver que si se niega y tampoco te da explicaciones, irás a los tribunales.

Que lo piense, porque el no devolver 500 le puede costar 3000. Muestra toda la firmeza y determinación de que seas capaz, porque si no te hace caso, solo te quedaría ponerte en manos de un abogado. Como hay suelto mucho arrendador incumplidor y temerario, no estaría de más que comprobaras si ha cumplido su obligación de depositar la fianza íntegra en la administración de la Comunidad Autónoma donde está la vivienda. Si no lo ha hecho, quiere decir con casi total seguridad que tampoco incluirá las rentas en su declaración anual del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. Bazas para ti.


22 Comentarios a “¿Qué puedo hacer si la casera no me devuelve la fianza?”

  1. Patricia dice:

    Muy buenas, estoy mirando un alquiler, el cual cuando fuimos a verlo nos dijeron que eran una agencia.. la duda es sobre la comisión que nos quiere cobrar la agencia. El alquiler nos cuesta 550€ y la agencia nos pide como comision no una mensualidad sino 800€ es eso legal? hay alguna norma o algo que estipule la comisión que pueden llevar o pueden pedir lo que les venga en gana?

    un saludo

  2. Amparo dice:

    Patricia,

    La agencia inmobiliara cobra una comisión por sus servicios de gestión del alquiler de la vivienda. Normalmente, el importe de esta comisión es el de un mes de alquiler, pero no está estipulado en ninguna parte que ésta deba ser la comisión. Si te van a cobrar más, podrías negociar con la agencia para que rebaje su comisión al importe de un mes de alquiler.

  3. Neus Llado dice:

    Hola!

    Hace 2 días que he alquilado un piso con todos los electrodomésticos de la cocina, y ayer me llamó la inquilina diciéndome que el lavavajillas perdía agua, mi pregunta es, quién se tiene que hacer responsable de la reparación?

    Gracias

  4. Rebeca dice:

    Necesito saber qué derechos tengo después de jaber estado en una vivienda durante dos años, aunque no hay contrato. ¿Me puede echar el propietario cuando quiera?

    Muchas gracias

    Atentamente Rebeca González

  5. jose arlen dice:

    Hola,

    Estoy en un piso de alquiler. el dueño poco sabe de su piso y creo que no le interese mucho saber algunas cosas. hace unos dias el piso vecino estuvo de obras, y rompieron una pared del mío, además se fitró una humedad a causa de la pintura de ese mismo piso en obras. yo le reclame al dueño del piso en obras y me dijo que lo solucionaría, pero han pasado ya tres meses y nada que hacen la reparación. qeu debo hacer, puedo poner una queja, o una denuncia?, el dueño del piso donde vivo me pidió el favor q me encargara de la situación y no se qué debo hacer, o a dónde debo ir,

    gracias por la colaboración.

  6. Carlos dice:

    Hola,

    Qué tal, mi pregunta es la siguiente.

    Yo como propietario alquile el piso a una pareja joven y amigos de una inmobiliaria, por lo que según los de la inmobiliaria eran de confianza,l e solicitamos dos meses de fianza más el mes corriente, púes bueno el mes este de marzo no han pagado, no nos cogen el teléfono ni contestan los mensajes y para más “inrri” nos hemos enterado de que faltan por pagar los suministros de agua, luz, gas, desde que se lo alquilamos (30 de Noviembre), y que decir tiene que el de la inmobiliaria no quiere saber nada, como son amigos y él no consta en ningún documento.

    Qué tengo que hacer para recuperar mi piso en buenas condiciones lo antes posible,

    gracias.

  7. susana carretero dice:

    Llevo 2 años viviendo en un piso en condiciones pésimas.

    Ayer localizaron una fuga de gas y me precintaron la instalación. Hasta ahora no ha habido ningún problema, pero cuando les fui con el problema del gas, me dijeron que me lo solucionaban con la condición de que sacase de la casa a mis 2 perritas. que viven conmigo desde el principio y hasta ahora no habian supuesto ningún problema.

    Eso sí, la casa está llena de termitas y de vez en cuando babosas (dada la humedad que hay). me resulta muy difícil deshacerme de mis perritas, me parece injusto dada la bicheria en la que vivo.

    ¿qué puedo hacer?
    gracias

  8. Amparo dice:

    Susana,

    Al tratarse de una fuga de gas entiendo que es el casero quien debe hacerse cargo de la reparación para mantener la habitabilidad de la vivienda y sin tener en cuenta que tú tengas animales en la vivienda.

    Respecto a tener animales domésticos en la vivienda, te puedo decir:

    A) Si el contrato es posterior al 1 de enero de 1995 y prohíbe expresamente la tenencia de animales, el arrendador puede lograr la resolución del contrato mediante un juicio ordinario en virtud del artículo 27.1 de la LAU (SAP Madrid 28-10-2003).

    B) Si el contrato no lo prohíbe expresamente, la mera tenencia de animales domésticos no es causa de resolución del contrato. Sería necesario que esos animales ocasionen daños o molestias de las contempladas en los apartados 2 d) o 2 e) del artículo 27. Si el arrendador o, en su defecto, la comunidad de propietarios, consiguen demostrar esos daños o molestias, lograrán el desahucio mediante un juicio ordinario.

  9. Amparo dice:

    Carlos,

    Ante el impago del alquiler y los suministros te recomiendo que les envíes un burofax reclamándoles que te paguen las cantidades que te adeudan y avisándoles que. si no lo hacen iniciarás una demanda de desahucio de acuerdo a lo previsto en el artículo 27.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.

    Esto es lo que dice dicho artículo: “Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas: a. La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.”

    Te recuerdo también que sólo puedes pedir un mes en concepto de fianza, el otro mes que has pedido se debería considerar una garantía adicional.

  10. Amparo dice:

    Jose,

    Te recomiendo que envíes un burofax al dueño del piso exigiéndole que hagas las reparaciones necesarias para conservar la habitabilidad del mismo y explicándole que tú ya has intentado hablar con el vecino que provocó los daños sin conseguir nada. Él, como propietario y casero, debe gestionar las reparaciones.

    Indica en el mismo burofax que le exiges la reparación de acuerdo a lo que especifica la LAU de 1994 en su artículo 21:

    “Artículo 21. Conservación de la vivienda
    1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario, a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.

    La obligación de reparación tiene su límite en la destrucción de la vivienda por causa no imputable al arrendador. A este efecto, se estará a lo dispuesto en el artículo 28.”

  11. Amparo dice:

    Rebeca,

    Tienes derecho a permanecer en la vivienda hasta sumar un mínimo de cinco años, tras estos cinco años el casero puede decidir si te prorroga el contrato hasta sumar tres años más. Aunque no haya un contrato por escrito, el pago del alquiler y sumistros mensual es prueba suficiente para demostrar la relación contractual entre ambas partes.

  12. Amparo dice:

    Neus,

    Al haber estado tan sólo dos días viviendo en el piso estimo que eres tú como casera quien debe asumir la reparación porque no creo que se deba a un daño causado por el desgaste del uso diario. La Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 dice que es el casero quien debe hacer las reparaciones necesarias para mantener la habitabilidad de la vivienda y el inquilino debe pagar las “pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda”.

  13. Susana dice:

    Gracias por tu respuesta, Amparo.

    Pero me surge otra cuestion: haber estado dos años y pico con mis animales y que no haya supuesto problema hasta que reclamo el arreglo de una grave fuga de gas ( por la que me precintan el suministro), cuando la parte contraria siempre ha sabido que yo vivia con animales! Por otro lado, la casa lleva animales de serie, polilla en toda la madera (puertas, suelos, ventanas…) y babosas en la cocina (por la humedad que hay), yo lo he puesto en su conocimiento desde el principio, y no se han molestado en subsanarlo! pero como ahora yo he reclamado lo que por su parte, en mi humilde opinión, ha sido una falta grave, pues por lo que han dicho los técnicos la fuga llevaba mucho tiempo, incluso anterior a que la alquilase, ellos me proponen deshacerme de mis animales o irme del piso, y yo creo que despues de dos largos años, algún derecho tengo que tener, no?

    Agradeciéndote tu ayuda de antemano, atentamente, Susana

  14. Josep M. dice:

    Hola,

    por haber tenido problemas con el propietario del piso de alquiler en el que vivo, sospecho que tendré también problemas en cobrar la fianza el día que lo deje. (Será el próximo mes y el propietario ya está avisado). Yo le he propuesto quedar el último día para que revise el estado del piso, devolverle las llaves y pagar la diferencia que marquen los diferentes contadores de luz, agua y gas respecto a la última factura pagada por mi descontándolo del dinero del depósito que me debe, y que me lo pague en mano en ese momento.

    El propietario me dice que eso no se puede hacer, que es ilegal que me lleve el dinero en mano y que al día siguiente de yo devolverle las llaves me hará una transferencia a mi cuenta del depósito… ¿Realmente no puede hacerse así, o es un motivo más para desconfiar de él y puedo quedarme sin la fianza que en su día le pagué? (Y que hace pocos meses comprobé que no la había depositado en el Registro de la propiedad de mi ciudad… Aunque ahora no se si lo hizo después de comentárselo que debía hacerlo según la ley).

    Y en el caso de que tenga razón y que deba devolverme el dinero mediante una transferencia al día siguiente ¿podría denunciarle para obligar a pagarme aunque no hubiera él hecho el deposito en el Registro de la propiedad? ¿Merecería la pena tratándose de 720€ o me saldría más caro el tener que ir a juicio…? (Por cierto, el importe de la fianza consta en el contrato que firmamos)

    Muchísimas gracias de antemano,
    Josep M.

  15. Igor dice:

    Hola,

    Desearía que me ayudasen con el problema que tengo. A principios de Marzo alquilé un piso y la casera me entregó las llaves sin haber realizado un contrato escrito ya que me dijo que ya lo firmaríamos al final del mes a través de la oficina municipal de vivienda, el caso es que a finales del mes de Marzo por motivos laborales le dije que tenía que abandonar el piso pero que no sabía exactamente cuándo y por tanto no iba a firmar el contrato (de 1 año). A día de hoy todavía no se cuándo voy a marcharme, pero ella me dice que tengo que entregarle las llaves el dia 30 de Abril para abandonarlo. Le he pagado el alquiler de Marzo y Abril, además de la fianza que puse al principio y también los suministros, mi pregunta es ¿me puede echar del piso?. También me ha dicho que la fianza no me la devuelve, ¿si le aviso con un mes de antelación no debería devolvérmela?.

    Espero que me sirvan de ayuda, muchas gracias por su respuesta.

  16. ilenia dice:

    Hola,

    Yo estoy en la misma situación de josep m. LLevo 2 años y medio en el este piso y pienso abandonarlo al cumplir los 3. Me gustaría saber porque motivos el propietario no me devolvería la fianza que entregué en su día de 500 euros. Pues no me fio mucho de este propietario que creo que se va a inventar cualquier tontería para no devolver. Despues de 3 años debo dejar el piso tal y como estaba o hay que aplicar uso y disfrute y desgaste de algunos electrodomésticos como nevera, lavadora y colchones.

    Muchas gracias por su respuesta.

  17. Mani dice:

    Hola soy Mani,

    mi pareja y yo alquilamos una casa en el mes de abril, cuando la casera nos lo enseñó tenía buena pinta (dentro de lo que cabe) sabíamos que teníamos que comprar cosillas para personalizarlo un poco pero por lo demás no vimos nada raro, hasta que nos pusimos a vivir, nos encontramos el grifo del baño roto, un sofa demasiado viejo del que salían cucarachas vivas, cuando lo vimos por primera ves, estaba tapado con fundas por lo que no sabíamos el estado del sofa, aparte de eso las puertas todas, desde la entrada hasta los baños tenían una ranura muy grande en la parte baja por donde se colaba aire, insectos y de todo, la cama de matrimonio estaba usada por muchisimas personas, solo había que sentarse para darse cuenta uno, no eran condiciones normales …

    Cuando se lo comentamos nos dijo que nos hiciéramos cargo nosotros de todo, que el colchón nos lo compraramos nosotros … decidimos dejar la casa en el mes de junio porque era casi imposible vivir ahí, se lo comentamos y no nos ha querido devolver la fianza por incumplimiento de contrato, la casa o el alquiler no lo tiene declarado porque no le hacíamos transferencias bancarias, se lo teníamos que pagar en mano, lo peor de todo es que aparte de sentirnos como tontos nos sentimos engañados, frustrados y amenazados, el día que mi pareja le llamó para decirle que nos quedabamos este mes de junio pero no le pagabamos y asi recuperamos la fianza, le dijo que se tenía que marchar ya si no queria tener problemas, nos asustamos un poco porque nos hemos dado cuenta con la clase de gente que se relaciona … se que ya es muy difícil pero hay alguna manera de recuperar la fianza o que le caiga una multa o algo para que no lo siga haciendo más???

    Un saludo
    Gracias
    Mani.

  18. Aldebaran Aguilar Contreras dice:

    Buenas tardes:

    Mi consulta va relacionada con la devolución de la fianza con el casero, el día 21 notifiqué vía telefónica al casero que me iba el 31 de mayo, y me indicó que había incumplido el contrato y que no deberían abonarme la fianza, pues no avisé con antelación … sin embargo, el contrato estipula en su segunda cláusula que la antelación a notificarse por el arrendatario sea de 15 días como mínimo (y no 30 como indica la LAU) … situación que se dió pues el contrato se firmó un 4 de marzo de 2006 (del 21 de mayo al 4 de junio dan 15 dias), entiendo que él no está en razón, pero ¿cómo pruebo que el 21 le notifiqué ?.

    Resulta que ahora el propietario quiere devolverme la fianza -siempre que el IVIMA se lo deposite en cuenta- pero descontando varios conceptos:

    1. Luz, Gas pendientes (lo cual es razonable y aceptable)

    2. Limpieza exhaustiba del piso (210 euros que ya lo hizo, lo cual es inaceptable).

    3. Compra de batería de cacerolas nuevas (inaceptable según mi criterio, pues lo deteriorado que pueda estar se debe a un uso razonable despues de 2 años y medio de alquiler de la vivienda).

    4. Compra de un vidrio que estaba roto desde que entramos (inaceptable pero tampoco nosotros le indicamos en su momento sobre el vidrio que estaba así desde que tomamos el piso).

    A todo esto, en un correo anterior el indico que el piso estaba en condiciones aceptables, excepto la cocina para lo que tendría que contratar a alguien y me lo iba a descontar de la fianza … para esto la cocina estaba limpia, pero el casero lo quería inmaculada (y asi no me lo dejo cuando entré), me indica que utilizó una doméstica por 24 horas a 9 euros la hora ¿es legal que me cobre dichos servicios de su domestica en la limpieza?

    Hoy 1 de julio el casero nos indica que si él quiere nos puede poner más cosas a cobrar y que le agradezca que algo me abonará en mi cuenta… ¿qué acción legal puedo iniciar?.

    Gracias por el apoyo,

    Aldebaran

  19. susi dice:

    hola mi consulta es que yo estaba en un piso de alquiler que me alquilaron unos amigos pero pasados unos meses me surgio un problema y me tuve que marchar pero alquile el piso porque los amigos que me lo alquilaron tenian problemas economicos y no podia dejarlos asi ademas tenia el permiso de la dueña para hacerlo.
    El problema es que yo renuncie al piso y ahora la gente que lo alquile se quieren marchar y me piden la poca fianza que me dieron y sin haber pagado el gas la luz y demas y amenazan con denunciarme ademas el contrato fue hecho entre nosotros nada legal que puedo hacer? gracias de antemano un cordial saludo

  20. soraya dice:

    a se ve olvidaba el dueño no sabia nada de las situaciones y del tremendo agujero q nos hicieron en la galeria cuando se revento la tuberia.y ahora me insiste q le pague ese mes y se ve que el ahora esta de acuerdo con la agencia. yo creo que lo tendrian que pagar ellos para no peder ni yo y el dueño ya que yo pague el mes de fianza, el mes de alkiler y los 500 a la agencia.

  21. Lorena dice:

    Hola, solo dos preguntas sencillas:

    1- Me cobran el alquiler mensual descontandome el importe de mi cuenta bancaria. Tienen derecho a cobrarme las comisiones de dicha transferencia?? no consta en ningún documento y jamás se comentó. De haberlo sabido escojo otra forma de pago.

    2- El alquiler se tramitó mediante la Agencia. Cualquier problema que tengo, he de contactar con ellos directamente. No tengo derecho a contactar con el propietario una vez finalizados los trámites de la Agencia??? y así tratar todos los temas directamente con quien corresponde.

    Muchas gracias!

  22. CLAUDIA dice:

    Hola, he estado 1 año en un piso que anteriormente vivia una pareja, cuando la casera me alquilo el piso no vio como quedaba y el marmol de la cocina estaba roto, me he ido del piso y en el contrato ponia que tenia hasta 30 dias pa devolverme el dinero y lo hizo 2 meses despues y me dijo que me desconto dinero por el marmol y no me envio facturas ni nada, se puede denuncioar donde?

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