¿Cómo se trata fiscalmente el alquiler con opción a compra?
Manuel hace la siguiente pregunta:
“Hola,
Tengo pensado alquilar un inmueble con opción a compra y quería saber si me podríais informar respecto al tratamiento fiscal de las rentas percibidas ya que si se hace efectiva la opción a compra las cantidades percibidas en realidad serían como entregas a cuenta del precio del piso y si no serían rendimientos de inmuebles arrendados, pero hasta que no se haga efectiva la compra no se puede realmente saber cómo tratar estas rentas.
Muchísimas gracias por anticipado por vuestra respuesta y enhorabuena por este fenomenal portal de información.”
Respuesta
Partimos de la base de que el inmueble se va a destinar a vivienda habitual y no a oficina o cualquier otro uso distinto al de vivienda habitual; así como de que el arrendador no es una empresa dedicada profesionalmente al arrendamiento o venta del inmueble sino que es un particular. (No respondemos gratuitamente consultas de empresas)
Desde el 1 de enero de 2008 cabe la deducción del 10,05 por ciento de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.020 euros anuales.
En cuanto a la deducción por inversión en la adquisición o rehabilitación en vivienda habitual, la regulación del Impuesto sólo contempla dos supuestos en los que cabe practicarla con anterioridad a la formalización de la adquisición: La cuenta ahorro vivienda y los pagos realizados al promotor como entregas a cuenta. La DGT ya se ha pronunciado en el sentido de que el arrendamiento con opción de compra no encaja en ninguno de ambos supuestos, por lo que sólo será practicable dicha deducción una vez se ejerza la opción de compra, sobre la base del importe que en dicho momento se abone, y siempre y cuando se cumpla con el requisito de que se habite en el plazo de doce meses desde su adquisición y que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años, siendo el contribuyente titular del pleno dominio de la misma, aunque sea compartido, durante dicho plazo.
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Friday, 7 November 2008 a las 6:28 pm
Requisitos para alquilar un piso, dónde tengo que tramitarlo, dónde tengo que depositar la fianza, y si tengo alguna ayuda.