¿Tiene que reponer las rejas del bajo donde vivo el vecino que las quitó?
Ana hace la siguiente pregunta:
“Vivo en un bajo, las ventanas de los bajos colindantes tienen rejas. Uno de mis vecinos despues de hacer reformas quito la reja de una de las ventanas. Han pasdo dos años, se lo he dicho de buenas maneras y no la repone. El problema es que pueden saltar desde su casa al patio y entrar en mi vivienda.
Qué puedo hacer para que la vuelva a poner? Qué medios legales tendría que usar?”
Respuesta
Ud. tiene que revisar las normas de la comunidad para ver si el uso de rejas está permitido, si ud. ha tenido reja y él la quitó, tiene el derecho a pedir que la reponga él, sino accede, pruebe a hablar con la comunidad de propietarios.
Belén González
Directora de La Peña Inmobiliaria, Gandía, Valencia


Wednesday, 9 April 2008 a las 09:23
En el 2001 me mudé a una casa amueblada. Le pedí a la dueña varias veces que me hiciese un contrato y a pesar de haberle dado todos mis datos, nunca lo hizo. Al cabo de los años me enteré de que ella no es dueña de la casa, sino sus hijos.
El ingreso del alquiler lo he estado haciendo a su cta bancaria hasta hace 2 años que me pidió que se lo ingresara a la cta del hijo. En cuanto al importe del alquiler he estado pagando €600,-, a los 2 años me dijo que tenía que pagar la comunidad € 30 y luego que le pagase € 40 por uso del parking (obra nueva). Se considera esto una subida del alquiler o no?
A mi pregunta sobre la discoteca que había a la espalda de la casa, me dijo la dueña que la habían clausurado. A la semana de estar allí constaté de que estaba en pleno funcionamiento. He estado todos estos anos sin poder dormir los fines de semana. Se lo dije a la propietaria, pero no le dio importancia.
Como mis hijos iban al colegio y los alquileres subieron astronómicamente, no pude mudarme de allí inmediatamente. A principios de marzo 2008 le comuniqué que me iba de la casa. Las llaves se las entregué al marido. Me he gastado bastante dinero en arreglar la casa lo mejor que se ha podido, he repuesto las camas y colchones ya que los muebles con los que alquiló la casa se malograron, ya que eran de pésima calidad y usados.
Ahora ella me exige que le pinte la casa (no estaba recién pintada cuando la alquilé), que no acepta el desgaste de los muebles. Yo quisiera saber cuáles son mis obligaciones a la terminación de este contrato verbal.
Tiene el derecho de exigirme que le pinte la casa? Qué hay del desgaste normal de todo mueble? Un techo de escayola en un baño está agrietado y quiere que yo lo repare. Me ha amenazado con su abogado.
Yo quiero llevar el asunto por el mejor camino posible, pero tampoco aceptar todas sus exigencias. Puede por favor aconsejarme?
Muchas gracias por su ayuda.
Wednesday, 9 April 2008 a las 09:30
Elvira,
Bueno, todos los muebles, electrodomésticos y enseres de una vivienda alquilada tienen un desgaste normal por su uso, y todo propietario lo sabe y no es reclamable por él.
Pintar la vivienda es una tomadura de pelo, ya que igual que los muebles se desgastan por su uso, el propietario debe asumir la pintura de la vivienda.
Arreglar el techo de la escayola también es una tomadura de pelo, ya que tú eres inquilina, no la persona de mantenimiento de la vivienda y, además, no tiene derecho de retenerte el depósito, si te lo descuenta ve a la oficina del consumidor, siempre ganarás tú en un pleito judicial.
La próxima vez no entres en una vivienda sin contrato de arrendamiento.
Belén González
Directora de La Peña Inmobiliaria, Gandía, Valencia
Wednesday, 9 April 2008 a las 14:28
Qué debo hacer si el casero tiene que reformar la vivienda y yo me tengo que ir??? que debe constar en el documento ?? por cuánto tiempo mínimo puedo alquilar una vivienda??
Gracias un saludo
Carolina
Wednesday, 9 April 2008 a las 16:05
Carolina,
Si estás alquilada con contrato ve a la oficina del consumidor y que te redacten un documento en el que se especifique el tiempo que durará la reforma y garantice tu regreso a posteriori sin alteración del precio.
La Ley de Arrendamientos de 1994 establece lo siguiente en su artículo 21.2 sobre la conservación de la vivienda:
“2. Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda.
Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la
parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.”
Si la reforma que mencionas no es conservación de la vivienda, sino mejora, la ley establece en su artículo 22 lo siguiente:
“1. El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arrendador de obras
de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del
arrendamiento.
2. El arrendador que se proponga realizar una de tales obras, deberá notificar por escrito al arrendatario, al menos con tres meses de antelación, su naturaleza,comienzo, duración y coste previsible. Durante el plazo de un mes desde dicha notificación, el arrendatario podrá desistir del contrato, salvo que las obras no afecten o afecten de modo irrelevante a la vivienda arrendada. El arrendamiento se extinguirá en el plazo de dos meses a contar desde el desistimiento, durante los cuales no podrán comenzar las obras.
3. El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuar.”
Respecto al tiempo mínimo para alquilar, no hay un tiempo mínimo establecido, tú y el casero podéis establecer el tiempo que consideréis oportuno. Tú, como inquilina, tienes derecho a prórrogas anuales hasta sumar un total de cinco años una vez expira el plazo de tiempo establecido en el contrato.”
Belén González
Directora de La Peña Inmobiliaria, Gandía, Valencia
Thursday, 10 April 2008 a las 10:00
Tenemos un año de contrato y nos renovaron por otro más el caso es que la lavadora que no era nueva y bastante vatequada se rompió y la dueña nos dijo que primero nos compraría una nueva hasta 3000 e. pero luego dijo que consultó con un abogado y se alquiler no era de 1000 e y pagamos ahora 677 antes 650 no nos correspondía así también con el horno que saca humo del tiempo q tiene y la grasa pegada y además le dijimos que necesitábamos un extractor de aire y tampoco lo hizo, tenemos derecho a reclamarlo y las puertas están desniveladas y arrastran para cerrar yo traté de lijarlas pero no mejoró mucho.
Espero una respuesta muchas gracias
Thursday, 10 April 2008 a las 10:30
Patricia,
Si tienes un alquiler por un año, te comunico que tiene validez para cinco años, sin renovación alguna.
Lavadora, horno y extractor, supongo que alquilastéis la vivienda con electrodomésticos, si es así, cualquier problema con los mismos tiene que resolverlo el propietario de la vivienda, sino te hace caso, puedes ir contrat el propietario por infra-alquiler, o sino otra opción es ir reponiendo los que no están en uso y se lo descuentas mensualmente del pago del alquiler, por ej. la lavadora, compras una normalita, que te de un justificante el técnico que es irreparable y la vas pagando a plazos, esos plazos de los descuentas al propietario de la vivienda, el horno lo mismo, etc, las puertas idem de lo mismo.
Belén González
Directora de La Peña Inmobiliaria, Gandía, Valencia
Friday, 11 April 2008 a las 10:30
Hace un año que alquilo un piso, me pidieron dos meses de depósito y un mes de alquiler para entrar a vivir, pasando un tiempo empecé a tener problemas con el agua caliente, no sale, y no nos podemos duchar, después de dos meses de insistencia a los propietarios que no me daban solución solo les interesaba que les pagara el alquiler, vino un lampista el cual me dijo que estaban las cañerías destruidas por la antigüedad del piso, solucionó parcialmente el problema, ahora nuevamente lo vuelvo a tener, y le comuniqué a los propietarios que dejaría el piso, quiero saber qué tengo que hacer para que me devuelvan mi depósito ya que me voy por no poder tener agua caliente,
desde ya muchas gracias
Friday, 11 April 2008 a las 11:10
Susana,
Bueno, más que un alquiler es un suplicio, que sepas que tienes todo el derecho a que te devuelvan el depósito, es más, si te lo retienen los denuncias en la oficina del consumidor y les reclamas una parte del alquiler que has pagado durante un año, un 10% aprox por alquilar una infra-vivienda, además de los dos meses de alquiler que has dejado en depósito más gastos de abogado y procurador.
Belén González
Directora de La Peña Inmobiliaria, Gandía, Valencia
Wednesday, 16 April 2008 a las 17:53
En agosto del 2006 alquilé mi primer piso cuando uno no tiene experiencia …..
Bueno el caso es que después de 15 o 20 días de entrar a vivir en el piso se empezó a estropear los electrodomésticos, primero la lavadora luego el frigorifico, la puesta blindada humedad al vecino del piso de abajo etc. Claro yo avisé al dueño del piso mandó al técnico a reparar la lavadora 15 días más tarde el frigorífico se lo llevaron a reparar estuvimos casi un mes sin nevera desde mediados de agosto a 26/27 de septiembre que nos lo trajeron de vuelta bueno pagué los gastos yo y claro le desconté del alquiler.
Luego la puerta blindada no se abría quedamos afuera todos cerca medio día llamé al al cerrajero que me cobró sólo por abrírmela 800 e y me dijo que era por el desgaste de los dientes de no se qué, llamé al dueño y le comuniqué que viniese a verlo y que cambie pero él nunca tiene tiempo así es que traté de arreglarla como pude más a fines del 2007 nos entraron ladrones al piso no que como lo llamé al dueño y estaba de viaje llamé a su hermana que dejó encargada tampoco vino pues claro los ladrones hicieron lo que quicieron dentro una de las habitaciones estaba bajo llave ese también lo abrieron dejando la puerta dañada. El caso es que compre otra bombilla no se qué se llama lo de la puerta blindada de la entrada, con otras llaves que me costo 39e
Lo puso un cuñado mio lo arregló vale.
Se volvió a estropear la lavadora esta vez el tambor se bajó y el técnico me dijo que hay que comprar otra lavadora pero el técnico no me dio ningún justificante de que la lavadora ya no servía él lo miró y se fue avisé al dueño de eso y me dijo no tenía tiempo, que lo comprara yo y luego veríamos címo arreglarlo .
Este agosto del 2008 cumple mi contrato de 2 años que le firmé y me voy este fin de abril , le deposité esta último mes de alquiler menos el costo de lavadora, me llamo el dueño y me dijo que él no sabía nada que no le comuniqué lo de la lavadora.
Tambien hice el depósito o fianza de 1.500 euros en un escrito en el ordenador me puso que después de 2 meses de haber desocupado el piso me devolvería el dinero, claro que también me dijo que le entregué el piso tal como me había dejado, pintado etc.
Es que no se cómo va esto si le tengo que dejar la lavadora nueva que compré porque él me dijo que me lo llevara, donde voy hay lavadora. tengo que esperar los 2 meses para que me devuelva la fianza????????????? Solo se rellenó el contrato esos que se compran en los estancos por 30euros creo que vale y un escrito donde dice que me entrega todo en perfecto estado y lo de la fianza de 1.500 en dos meses de devolución no se que lo correcto en este caso.
Wednesday, 16 April 2008 a las 23:36
Belén, realmente ¿Usted sabe lo que es una infra-vivienda?, yo discrepo con alguna de sus respuestas.
Un saludo.