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¿Quién tiene que reparar el calentador en un piso alquilado?

Daniel Blasco hace la siguiente pregunta:

“En mi contrato de alquiler el dueño del piso especificó que yo tendría que encargarme de cualquier desperfecto del piso. Se ha roto el calentador (que estaba viejísimo) y quiere que me encargue yo de pagarlo (ya estaba viejo cuando entré).

Pienso que hay cosas que están por encima del contrato, de algo se tendrá que encargar el dueño ponga en el contrato lo que ponga, no? ¿Cómo puedo consultar los reglamentos o leyes al respecto?”


Respuesta
En principio, según la Ley vigente, son a cargo del arrendador las deficiencias que presentan las viviendas que afectan a la habitabilidad de las mismas y que exceden de las pequeñas reparaciones inherentes al desgaste por el uso de la vivienda, siendo éstas últimas las únicas que incumben a la parte arrendataria, de conformidad con el artículo 21.4 de la LAU.

La primera interrogante que surge es la de qué se ha de entender por reparaciones que exceden del desgaste. A tal fin la doctrina entiende por tales aquellas sin las cuales la finca se destruiría o quedaría inservible para el uso convenido, las que tienen por objeto la conservación de la casa, por oposición a conveniencia, comodidad o lujo, o las que resultan necesarias o indispensables para conservar la casa en estado de servir para el uso a que se destina, incluyéndose las que tratan de evitar una grave incomodidad. Como tales se han considerado las que tienden a evitar humedades en las paredes, las reparaciones de conducciones y desagües y la impermeabilización de la cubierta, entre otras.

Los datos anteriores los tienes que relacionar con el tiempo que llevas siendo inquilino, pero en principio y con independencia de dicho plazo, el calentador afecta a la habitabilidad y excede de ser una pequeña reparación inherente al desgaste por el uso por lo que entendemos, en principio, que lo debe abonar el arrendador.

La Ley que debes consultar es la Ley 29/94, de Arrendamientos Urbanos, si bien en estos casos es preferible analizar la diferente jurisprudencia y casuística.

Equipo Jurídico de ARRENTA


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