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¿Puede ser nulo un contrato de alquiler si el piso arrendado no tiene cédula de habitabilidad?

Daniel hace la siguiente pregunta:

“Estoy alquilado con mi esposa en un minipiso en barcelona, el mismo de 20 m2. Se encuentra en un ático. Y con un contrato por un año mínimo, prorrogable a 5 años. Pero deseo cambiarme de piso porque con lo que pago, puedo conseguir algo mucho mejor. Sé que por ley debo quedarme hasta el final del contrato.

Pero se que en Barcelona existe algo que es la cédula de habitabilidad, que es imprecindible para alquilar o vender la vivienda. Este piso era antiguamente el lavandero del edificio. Es un edificio antiguo (Rehabilitado). Pero este piso aun no cuenta con todo lo que pide. Mis preguntas son dos.

1. Es totalmente cierto que si el piso no tiene cédula de habitabilidad o la misma no esta escrita o reflejada con numeración en el contrato de alquiler, este es automáticamente nulo.

2. O como puedo yo como inquilino saber si la tiene.

Me imagino que no pero debo dar pasos seguros. No tiene luz en la escaleras hacia el ático, no tiene contadores de luz ni de agua. Y poca seguridad.”


Respuesta
Con respecto a la primera pregunta podría ser nulo, ya que una vivienda que no cuenta con este documento no se considera “habitable” y por tanto se incumple lo que dice el artículo 2:

“Se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.”

Como inquilino puede solicitar en el ayuntamiento del municipio correspondiente la cédula de habitabilidad de la vivienda o edificio.

El Equipo de Fusterconsulting.com
Portal Inmobiliario de Murcia


1 Comentario a “¿Puede ser nulo un contrato de alquiler si el piso arrendado no tiene cédula de habitabilidad?”

  1. Rafa dice:

    Si realmente es cierto que si una vivienda no tiene cédula de habitabildiad, un contrato de alquiler es nulo, entonces un enorme porcentaje de los alquileres son nulos, puesto que los ayuntamientos han pasado muchos años sin dar dichas cédulas, y hay miles y miles de pisos sin ellas.

    De hecho en algunas zonas han comenzado a conceder las cédulas hace 3 años aproximadamente, e incluso viviendas nuevas de hace 2 años los ayuntamientos toleran su habitabildiad sin dicha cédula.

    Si es cierto que en dicho caso el alquiler es nulo, me gustarías aber si el arrendador puede echar al inquilino, y si el inquilino puede marchar cuando quiera,…. la verdad es que de ser así esto es un caos, si nos ponemos a ejercer los derechos.

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