¿Quién debe pagar la inspección obligatoria del gas en un piso en alquiler?
Juan hace la siguiente pregunta:
“Hola,
Vivo en un piso alquilado desde hace 2 meses. La semana pasada han venido a hacer la inspección obligatoria de la instalación del gas, la cual se realiza cada 5 años. Entiendo que esto es un mantenimiento rutinario del piso. ¿Quién debe pagar dicha inspección, el inquilino o el casero?
Muchas gracias.”
Respuesta
Entiendo que, al tratarse de un tema de mantenimiento de la habitabilidad de la vivienda, es al casero a quien corresponde hacerse cargo de este gas
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Friday, 2 November 2007 a las 4:17 pm
qué tengo que hacer para solicitar las ayudas para el alquiler de piso?
Friday, 2 November 2007 a las 6:18 pm
estoy con un asesor preparando un contrato para alquilar por segundo año a mis inquilinos mi piso. Tengo duda en quien tendría que pagar al asesor si ellos o yo la propietaria.
Gracias
Friday, 2 November 2007 a las 6:19 pm
Tengo un piso que el pasado Septiembre hizo 2 años que lo escrituré (al comprarlo tenía 31 años). Es mi vivienda habitual, de la que estoy pagando hipoteca. Posteriormente conocí a mi novia, ahora mi mujer, quien, antes de casarnos en separación de bienes, compró un piso (el mío está sólo a mi nombre, y el suyo sólo a su nombre). Ahora tengo pensado alquilar el mío, pues nos iremos a vivir al de ella, y tengo unas dudas:
1) No haciendo 3 años que lo compré:¿Alquilarlo en Cataluña me afecta fiscalmente?
2) ¿Dónde y cómo se ingresa la fianza?
3) ¿Ante que organismo público se presenta el contrato a los efectos de oficializarlo?
Gracias.
Friday, 2 November 2007 a las 6:25 pm
Antonia,
Te recomiendo que te leas mi post: ¿Dónde me pueden dar la ayuda de los 210 euros para el alquiler del piso?
Friday, 2 November 2007 a las 6:29 pm
Silvia,
No hay nada escrito sobre quién debe pagar al asesor, puedes ser tú o los inquilinos o ambos. No obstante, no es necesario hacer un nuevo contrato para el segundo año de alquiler porque la ley establece que, en contratos inferiores a cinco años, el contrato se prorrogará de forma obligatoria anualmente hasta sumar un mínimo de cinco años a no ser que el inquilino no quiera renovar y así lo comunique al arrendador con un mínimo de 30 días de antelación.
Friday, 2 November 2007 a las 6:32 pm
Daniel,
Sí que te afectas fiscalmente desde el momento en que recibes unos ingresos por el alquiler. Debes ingresar la fianza que te den tus inquilinos en el Institut Català del Sól.