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¿Se tiene que cobrar el IVA en alquileres de pisos?

Patricia hace la siguiente pregunta:

“LLevo dos años de alquiler, y hasta la fecha no he declarado esto a Hacienda, pero este año quiero hacerlos puesto que me desgrava. El problema es que mi casera no lo declara, y por ello no me da recibos, sólo me firma en un folio cada mes el importe la fecha y su firma. Ella me dice que si quiero recibos me tiene que sumar el IVA, pero yo entiendo que el importe que pago que es el que se vé en el contrato ya tiene el iva incluido. ¿me podéis aclarar si esto es así?”

Respuesta:
De acuerdo con la Ley 37/1992 que regula el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) el arrendamiento de vivienda entre particulares (que parece el caso) es una operación sujeta pero exenta de IVA, por lo que el arrendador no tiene que repercutir IVA.


1 Comentario a “¿Se tiene que cobrar el IVA en alquileres de pisos?”

  1. PATRICIA dice:

    Qué debo de hacer si la propietaria se niega a que le abone el alquiler por transferencia?

    En el contrato no hay referencia a la forma de pago, hasta la fecha ha sido en efectivo, pero por motivos obvios a mí no me interesa que sea así.

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