¿Qué pasa si el inquilino abandona el piso antes de que se cumpla el plazo del contrato de alquiler?
Esperanza hace la siguiente pregunta:
“Apreciados sr/sra. le escribo porque me gustaría que me informara sobre qué pasaría si me hacen un contrato de un año de alquiler pero yo decido dejar el inmueble antes de ese periodo.
Gracias”
Kike hace la siguiente pregunta:
“El 1 de mayo firmé el alquiler de un piso de mi propiedad por 24 meses “sin perjuicio del art 9 de la LAU”. El 5 de junio me avisaron que a fin de mes dejarían el piso “por asunto familiar grave”. Sabedor de que la LAU me hubiera permitido resarcirme en mucha mayor medida, les retuve un mes de deposito, y firmamos el finiquito. Ahora la ex arrendataria me reprocha el haberme quedado con ese mes. Favor que decirme qué artículo de la LAU sería aplicable al caso.
Gracias.”
Respuesta
Hay dos supuestos:
1.- En casos de alquileres de duración inferior a cinco años: la jurisprudencia considera que, si el inquilino abandona el piso antes de la finalización del contrato, debe indemnizar al casero con el importe de las rentas de los meses que quedan para que el contrato termine o hasta el momento en el que el inmueble sea alquilado de nuevo por el arrendador.
2.- En casos de alquiler de duración superior a cinco años: En estos casos la LAU de 1994 contempla en su artículo 11 que:
“Artículo 11. Desistimiento del contrato.
En arrendamientos de duración pactada superior a cinco años, podrá el arrendatario desistir del contrato siempre que el mismo hubiere durado al menos cinco años y dé el correspondiente preaviso al arrendador con una antelación mínima de dos meses.
Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año de contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.”
En los dos casos anteriores, se trata del primer supuesto: inquilino abandona piso en alquiler antes de fin de contrato y está dentro de los primeros cinco meses. Así que, Esperanza te aconsejo que negocies con tu casero tu marcha porque legalmente sí que le tienes que pagar una indemnización y Kike, ese mes de alquiler se puede tomar como indemnización por no haber cumplido el contrato de alquiler en su totalidad, así que tu ex-inquilina no tiene derecho a protestar o reclamar ese dinero.
Wednesday, 11 July 2007 a las 4:16 pm
Vivo desde hace 24 años con contrato de alquiler indefinido. Aparte de pagar el IBI (que en mi contrato no se especifica) en una parte del piso hay una URALITA que según tengo entendido está hecha de amianto, producto tóxico. Están reformando toda la finca y los pintores me dicen que podria romperse. Los propietarios me comentan que si se rompe no podrán ponerme nada encima porque el ayuntamiento les obliga a mantener la finca de origen, es decir, tal como estaba cuando se construyó. Yo vivo justo bajo la azotea. ¿Es esto legal?…¿Es posible que me dejen esa parte del piso a la “intemperie”?
Gracias
Wednesday, 11 July 2007 a las 4:17 pm
Puede quedarse el dueño de la vivienda con una llave y con derecho a que no se hagan copias de la llave que entrega?
Wednesday, 11 July 2007 a las 4:17 pm
Hola!
Mi consulta es la siguiente: tengo un piso de dos habitaciones y la pequeña la tengo alquilada a una amiga pero sin contrato. Es ilegal? se me puede denunciar? Si le realizo contrato, donde hay que llevarlo para que conste. Es mucho el dinero que se quedaría hacienda por tener esos ingresos?
Wednesday, 11 July 2007 a las 4:18 pm
¿Saben si los electrodomésticos u otras mejoras que se hagan en pisos para alquilar tienen alguna desgravación?
Gracias por su atención.
Wednesday, 11 July 2007 a las 4:33 pm
Marta,
Por lo que me dices llevas alquilada en la vivienda desde 1983, entonces estás dentro de los alquileres de renta antigua. Lo primero que tienes que averiguar es lo que exige el ayuntamiento para poder pedirle al casero que arregle el problema de la uralita de acuerdo a lo que establece la ley. El casero, por ley, está obligado a mantener la vivienda en condiciones óptimas de habitabilidad. No obstante, debido a que eres de renta antigua, el casero también puede pedirte que asumas tú parte de los costes de la reforma. Leéte con detenimiento el punto 10 de la Disposición Transitoria Segunda de la LAU de 1994 donde se explica esto. Puedes leerlo aquí.
Wednesday, 11 July 2007 a las 4:37 pm
Juan,
Entiendo que el dueño se puede quedar con una copia de las llaves porque puede necesitar entrar para hacer arreglos en la vivienda, siempre bajo previo permiso tuyo. Lo que no veo tan claro es que el casero no te permita hacer más copias de las llaves, eso no lo puede exigir.
Te recomiendo también te que leas mi post: Qué hacer cuando el casero entra en el piso en alquiler sin permiso ni aviso previo
Wednesday, 11 July 2007 a las 4:42 pm
Melania,
Te recomiendo que hagas un contrato privado con tu inquilina y que declares los ingresos del alquiler en tu declaración de hacienda, lo que tengas que pagar dependerá de tu situación personal. Sobre el registro del contrato de alquiler, pregunta dónde hacerlo en la dirección general de vivienda de tu comunidad autónoma.
Wednesday, 11 July 2007 a las 4:44 pm
Dolores,
Sí, claro que desgravan, todos los gastos que produce el piso alquilado se desgravan. Igual que se declaran los ingresos por alquiler, también se declaran los gastos por arreglos en el piso de cualquier tipo o pago de impuestos o cualquier otro gasto. Es más, dependiendo del tipo de reforma y condiciones del alquiler y arrendador, las comunidades autónomas también dan ayudas a los arrendadores para potenciar el alquiler de viviendas. Consulta sobre estas ayudas en la dirección general de vivienda de tu comunidad.
Tuesday, 17 July 2007 a las 11:49 am
¿Es válido incluir una clausula en el contrato, que indique que se podrá cancelar el cotrato sin perjuicio, avisando con dos meses de antelacion?
Un saludo y gracias
Monday, 23 July 2007 a las 3:31 pm
Agradecería me asesoren sobre lo siguiente. El pasado mes de Abril firmé un contrato de 1 año (prorrogable) con mi inquilino y hace 2 días me llama para decirme que abandona el piso lo antes posible. ¿Que indemnización me corresponde? El contrato privado se rige por lo dispuesto en la LAU y no se especificó ninguna indemnización por incumpliento para ninguna de las partes. Muchas gracias por su inestimable ayuda ¡
Thursday, 30 August 2007 a las 12:44 am
yo tengo un piso alquilado para un año mi pregunta es que si al finalizar el año yo no quiero seguir alquilándolo puedo echar al alquilino del piso…
Monday, 3 September 2007 a las 10:11 am
Soy arrendatario de un piso con contrato a cinco años que ya han vencido. Actualmente llevo ya 6 años y un mes en el piso y querría dejarlo ¿Qué preaviso debo dar en este caso? ¿Tendría que indemnizar al arrendador en algún caso?
Tuesday, 18 September 2007 a las 5:05 pm
Hola,
el 15 de noviembre de 2006 firmé un contrato de arrendamiento de duración 5 años y pagué una fianza de 1620€. El caso es que ahora quiero irme del piso , porque por causas ajenas me es muy costoso y vuelvo con mis padres. Según tengo entendido he de esperar hasta el 15 de noviembre de 2007 notificando con dos meses de antelación ( es decir que ya debería haber notificado el 15 de septiembre ) que ya habré cumplido un año , tendré que indemnizar al propietario? perderé la fianza? aún si notifico a fecha 20 de setiembre de 2007 que lo dejaré a 20 de noviembre , me penalizará?
Muchas gracias
Tuesday, 18 September 2007 a las 6:11 pm
Raquel,
Siento decirte que la jurisprudencia considera en casos de alquileres de duración inferior a cinco años que, si el inquilino abandona el piso antes de la finalización del contrato, debe indemnizar al casero con el importe de las rentas de los meses que quedan para que el contrato termine o hasta el momento en el que el inmueble sea alquilado de nuevo por el arrendador.
Tuesday, 16 October 2007 a las 12:44 am
por favor necesito ayuda,
Hice un contrato formal por dos años con el Sr. López pero no habite la casa habitacion durante un año (pero le estuve depositnado durante ese año que no al habite) ya cuando fui a ver la casa me di cuenta que habia una persona ya habitandola el cual esa persona tambien hizo un contrato formal con el Sr. lopez :S entonces me gustaria saber ¿qué va a pasar conmigo? y a su vez con la tercera persona y ¿qué debe de hacer el Sr. Lopez?
Thursday, 18 October 2007 a las 3:27 pm
Necesito ayuda con urgencia. LLevo viviendo en un pìso de alquiler desde el año 1986 con contrato indefinido. Y Hoy he recibido una carta informándome de que tengo que abandonar el piso en diciembre de este año. Porque el dueño falleció y lo dejó de herencia a un hermano suyo.
Pone que han estado renovándome el contrato cada mes, i yo no he firmado nada.
Friday, 19 October 2007 a las 9:10 pm
Eva,
Lo siento, no entras dentro de los alquileres de renta antigua que son los celebrados antes del 9 de mayo de 1985. Así que entiendo que se puede rescindir tu contrato porque ya han pasado los cinco primeros años de alquiler se te ha renovado constantemente.
Wednesday, 7 November 2007 a las 12:11 pm
gracias de antemano,
alquilé un local para montar un negocio por 10 años, cual fue mi sospresa , que cuando puse la documentación en regla ,en el ayuntamiento me dijeron que estaba afectado por víal y mantenimiento, no me darían ninguna licencia para nada de nada ,como almacén o gimnasio,
qué puedo hacer ,he sido engañado? puedo reclamar algo al dueño,
gracias:
Wednesday, 21 November 2007 a las 9:57 pm
Buenas.
Estoy alquilado en un piso. el 31 de octubre hice un año. hoy le he comunicado al arrendador que me voy.
si me voy 5 dias después de inicio de mes tengo que pagar el mes entero o la parte proporcional.
gracias
Thursday, 29 November 2007 a las 12:49 am
hola!
Estoy en un piso con una compañera la cual su convivencia da mucho que hablar y he decidido marcharme. Mi dueño me exige el pago de los meses que faltan para cumplir el contrato (contrato de menos de un año). Lo cual dicta la ley. El problema es su adicción a los “porros” si yo alegara esto al dueño como un problema de habitabilidad en el piso, ¿podría cambiar mi situación respecto al pago de la indemnización?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Saturday, 5 January 2008 a las 1:13 am
Hola,
Después de alquilar un apartamento descubro que está escriturado como almacén ¿Esto es legal?
El pasado mes de agosto alquilé un apartamento y me empadroné en él. Al solicitar la ayuda por alquiler he descubierto que el apartamento que he alquilado está escriturado como almacén, motivo por el que me ha sido denegada la ayuda. Llevo seis meses en el “apartamento” y dado que aquí me ha sido denegada la ayuda por alquiler pretendo rescindir el contrato de alquiler y cambiar de domicilio a otro en el que si pueda optar a tener la ayuda. Además la vivienda está escriturada por más metros de los que yo dispongo en mi apartamento. El motivo es que el casero vive al lado y añadio a su domicilio estos metros que faltan en mi apartamento. También descubrí que el inmueble está a nombre de una persona fallecida. Mis dudas radican en que aun no cumplí el año de contrato y el casero tiene en su poder un aval bancario.
¿Puedo denunciar al casero, irme a otra vivienda y recuperar mi aval?
Muchas gracias
Thursday, 31 January 2008 a las 5:30 pm
Quiero abandonar el piso antes de la finalización del contrato de alquiler ya que ha salido una gran cantidad de humedad, olor insoportable del WC y tras estar avisando durante tres meses no me han hecho ni caso. Me dicen que debo pagar hasta el cumplimiento del contrato.
Puedo hacer algo?
Monday, 4 February 2008 a las 12:22 pm
Eva,
Como comento en mi post de arriba en casos de alquileres de duración inferior a cinco años: la jurisprudencia considera que, si el inquilino abandona el piso antes de la finalización del contrato, debe indemnizar al casero con el importe de las rentas de los meses que quedan para que el contrato termine o hasta el momento en el que el inmueble sea alquilado de nuevo por el arrendador.
Aunque si abandonas el piso porque el propietario no ha hecho las reparaciones necesarias para conservar la habitabilidad del piso y tú se lo has pedido de forma reiterada puedes cancelar el contrato de alquiler dando esto como causa para la resolución del contrato. Así no tendrás que indemnizar al casero con ninguna cantidad de dinero, ni pagar el alquiler hasta que se termine el contrato. Este es artículo 27.3.A de la LAU de 1994 que contempla esta posiblidad: “3. Del mismo modo, el arrendatario podrá resolver el contrato por las siguientes causas: a. La no realización por el arrendador de las reparaciones a que se refiere al artículo 21.”
Claro, que si el casero se niega a resolver el contrato deberéis acudir a los tribunales para dicha resolución.
Tuesday, 5 February 2008 a las 4:10 pm
Hola,
Hace aprox año y medio firme con mi pareja un contrato d arrendamiento por 5 años, con 1 mes d fianza. Por motivos personales dejaremos el piso antes de terminar el tiempo d contrato. He dado preaviso de 1 mes al arrendatario, además d conseguir una pareja d amigos k se quedara con el alquiler cosa que también notifiqué al arrendatario. con todo lo comentado, tendré k indemnizar al propietario y perder la fianza dada??. en el contrato no pone nada de preavisos.
Gracias
Wednesday, 6 February 2008 a las 11:31 am
hola,
tengo un inquilino desde hace 6 años,por causas que ahora no vienen al caso no le he subido durante este tiempo el ipc,ahora se lo he actualizado y me dice que no le puedo subir la renta tanto, me sigue pagando lo mismo que hace 6 años, puedo reclamárselo ??
además en un mes le tocaría volver a actualizarla y temo que no me va a pagar lo que le corresponde. puedo rescindir ese contrato y hacerle uno nuevo por la cantidad que yo estime y renovarselo cada año?
gracias.
De continuar con el contrato vigente cuanto tiempo mas puede permanecer en el piso??
No tengo declarado el piso en alquiler, me puede perjudicar esto a la hora de negociar con mi inquilino??
Friday, 8 February 2008 a las 12:23 am
¿cual es la manera mas segura, desde el punto de vista del propietario, de alquilar una vivienda?
Tuesday, 12 February 2008 a las 11:08 am
Hola,
Vivo en un piso de alquiler y hasta ahora no he tenido problemas. Próxima la finalización del contrato, he hecho saber al arrendador mi decisión de abandonar la vivienda por motivos laborales. En el contrato se especifica que la renta hay que pagarla durante los 6 primeros días de cada mes, cosa que hasta ahora he cumplido a rajatabla. Pero si debo marcharme el 18 de febrero ¿debo abonar todo el mes? ¿Qué artículo de la LAU me da o me quita la razón?
Gracias
Tuesday, 12 February 2008 a las 2:36 pm
Hola,
Alquilo un piso desde agosto del año pasado, con contrato de un año, pero el mes que viene me voy a otro piso de alquiler porque el mio huele fatal y a pesar de que se lo he dicho al dueño muchas veces, ni caso. Al principio el dueño me dijo que estaba bien, pero luego me dijo que si me iba, 6 meses antes de que terminara el contrato, que le tenía que indemnizar con 3000€. Al final llegué al acuerdo de que me iba y que se quedaba con la fianza de 1000€, está bien hecho el arreglo? o debería devolverme la fianza? tendrá que indemnizarle?
Desde ya, muchas gracias.
Tuesday, 11 March 2008 a las 11:53 pm
Yo renté un cuarto por un mes, pero la arrendataria me dijo que iba a firmar un contrato de 6 meses, pero dicho contrato no existe porque nunca firmé nada y le dí la mitad del depósito y mi esposo tiene una mejor opción de trabajo en otro estado y ya nos tenemos que salir, pero aunque le avisamos a la señora dice que no nos va a regresar el depósito, esta señora les cobra a todos sus inquilinos la renta del cable y ella al mes paga solo $150.00 y a todos les cobra cada mes la misma cantidad, muchos inquilinos se han ido por que la señora segun les va a dar un contrato y nunca les da nada y ella espera que ellos le cumplan un plazo y nunca les da ningun contrato, y jamás les devuelve su depósito porque según ella no se cumplió el contrato, pero yo se que al no haber un contrato firmado no existe contrato y aparte la señora renta con un nombre que no es el de ella ¿qué puedo hacer?
Thursday, 13 March 2008 a las 8:44 pm
Tengo un piso alquilado a un chico este no paga ya hace 5 meses me debe 1400 e. ahora en este mes de marzo se le cumple el contrato le he dicho que deje el piso. si no se va qué puedo hacer?
Wednesday, 2 April 2008 a las 11:56 pm
Buenas tardes,
Estoy viviendo en un piso compartido de 3 habitaciones desde hace 6 meses y tengo que marcharme.
Nunca firmé ningun contrato, pero existe uno (de un plazo de 1 año) entre mis dos compañer@s en el cual se autoriza el alquiler de la tercera habitación a otra persona.
Yo pagué dos meses de fianza a un compañero a quien pago tambien mis aquileres (contra recibos que él me da).
¿Existe un contrato informal entre mi compañero y yo o entre yo y el casero?
¿Qué puedo esperar?
¿Tendré que pagar los meses que me tengo que pagar hasta el fin del contrato? ¿Podré tener derecho a la devolucion de mi fianza?
Muchas gracias
Thursday, 3 April 2008 a las 2:46 pm
Jorge,
Tienes derecho a que te devuelva la fianza si dejas el piso en perfecto estado, tal como lo encontraste cuando lo alquilaste. No obstante, el casero está en su derecho a cobrarte una indemnización por dejar el piso antes de tiempo porque la jurisprudencia considera en casos de alquileres de duración inferior a cinco años que, si el inquilino abandona el piso antes de la finalización del contrato, debe indemnizar al casero (en este caso la persona que te subarrienda) con el importe de las rentas de los meses que quedan para que el contrato termine o hasta el momento en el que el inmueble sea alquilado de nuevo por el arrendador (en este caso la persona que te subarrienda).
Tuesday, 8 April 2008 a las 2:02 pm
Hola!
Soy una chica que ha solicitado la ayuda al alquiler para jovenes. Me he encontrado con que me la deniegan por tener un contrato de 11 meses (el propietario se negaba a hacerlo de un año) ya que no puedo justificar que esta sea mi vivienda habitual. Me dicen que los contratos de 11 meses son ilegales.
Qué hay de cierto??
Además, si decidiera dejar este piso y buscar otro que me hagan contrato de 12 meses, debería indemnizar al propietario?
Muchas gracias y un saludo,
Saturday, 19 April 2008 a las 7:13 pm
Yo hice un contrato con una casa por 1 año y hace 2 meses la compañía que renta la casa me llamó y me dijo que si me podía mudar antes de que terminara el contrato porque la dueñla de la propiedad quería regresar a la vivienda en ese momento me molesté y le exigí que me devolvieran mi depósito más un mes de renta gratis porque yo tenía que buscar otro lugar donde vivir y pagar 1 mes de depósito más 1 mes de renta.
Ellos me dijeron que hiciera una carta referente a lo que yo estaba pidiendo y yo les dije que primero yo quería una carta de ellos preguntándome que si me podía mudar ellos se negaron y cambiaron de opinión la compañía de renta me llamó para decirme que ya no me tenía que mudar, en esas 2 semanas yo no pude dormir nada pensando qué iba a hacer a dónde me iba a mudar con mis bebes tenía mucho stress y ya había hablado con un familiar para mudarme fuera de la ciudad y ellos cambiaron de opinion jugando con la estabilidad de mi familia mi pregunta es si yo me quiero mudar de ciudad por todo esto tengo algún derecho ? eso es sin contarle todo lo que paso antes de mudarme a la propiedad la casa no tenia gas tuve que bañarme con agua fria con mis bebes y comer afuera por 5 dias.
, el refrigerador tampoco servía no teníamos nada de beber frio en la casa , la carpeta estaba sucia tuve que limpiarla con mi dinero y ellos nunca me pagaron, las paredes estaban sucias el filtro de el aire asqueroso que más les cuento toda esta situación ha pasado en 5 meses yo ya no quiero vivir en la casa me tiene mala de los nervios el vivir en la casa pero tengo mucho miedo de que me dañen mi crédito y me hagan pagar dinero que no tengo por favor ayudenme .
gracias
Monday, 12 May 2008 a las 10:07 pm
Hola,l
Les agradecería me ayudaran en una cosa. Tengo un piso, y lo tengo alquilado, ahora lo quiero vender ya se lo dijimos a los dueños, se que a los primeros que hay que decir si quieren comprar el piso son ellos, antes dijeron que sí, pero ahora no quieren. Yo querría saber cómo se escribe una carta para que conste que fueron a ellos los primeros que se les ofrecía y si no quieren la casa nosotros queremos venderla (bueno no es una casa, es un piso, perdón) el piso ya es viejo.
Queremos mandarle una carta, pero yo no sé cómo se hace, les quedaría muy agradecida si me ayudaran y me dijeran lo que tengo que poner.
Muchisimas gracias.
Saturday, 24 May 2008 a las 6:29 am
He alqilado un local comercial para 15 años, me pueden pedir el pago del alquiler de la totalidad del contrato, si lo dejo a los 3 años.
gracias
Tuesday, 27 May 2008 a las 7:39 pm
Necesito ayuda urgente hace 34 años que vivo en el piso de alquiler con contrato indefinido, y hoy me ha llamado el gestor que el dueño quiere venderlo y que si yo no lo compro, lo vende a otra persona y que me dan dos meses para irme. Me gustaría saber si esto es legal y hasta qué punto pueden echarme.