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Acceso propietarios

6.000 euros para los que alquilen sus pisos vacíos

La ministra de Vivienda, Carme Chacón pretende flexibilizar las condiciones de acceso de los propietarios a las ayudas de 6.000 euros contempladas en el Plan Nacional de Vivienda para sacar sus viviendas vacías al mercado del alquiler. Actualmente, para acceder a estas ayudas se deben cumplir unas condiciones más estrictas que limitan las rentas de arrendamiento a 5,5 veces el Indicador Público de Efectos Múltiples (Iprem) y, además, es necesario que la vivienda lleve un año vacía y que tenga una superficie máxima de 120 metros cuadrados.

Chacón pretende flexibilizar las condiciones de acceso a estas ayudas eliminando el límite de superficie de las viviendas (120 metros cuadrados), además de las obligaciones de cobertura de determinados gastos. Por otro lado, la renta máxima de alquiler queda ampliada de forma que, para una vivienda tipo de 80 metros cuadrados útiles y garaje situada en una gran ciudad, el límite pasará de los 571 euros mensuales a los 1.245 euros. Además, estas ayudas serán compatibles con la exención fiscal del 50% en todos los casos y del 100% para alquiler a menores de 35 años.

Según apuntó Chacón, el Ministerio prevé que esta modificación motive un incremento en la concesión de estas ayudas, de forma que pasen de las alrededor de 1.600 en 2006 unas 18.000 anuales.

Según los datos de ejecución del programa 2006 del Plan Nacional de Vivienda, estas ayudas a los propietarios serían minoritarias respecto a las previstas para los inquilinos. En total, se habrían concedido 19.000 ayudas a inquilinos entre el 1 de junio de 2006 y el 4 de mayo de 2007, 5.000 más que en 2005. Por su parte, las dirigidas a propietarios, se habrían multiplicado por cinco en el mismo periodo, pero sólo habrían alcanzado las 1.636 desde una cifra de 314 en 2005.

Más información:

ADN: Vivienda dará 6.000 euros a los que alquilen sus pisos vacíos

Terra:El Gobierno aprueba crear 10 juzgados para agilizar los desahucios en los municipios más saturados


38 Comentarios a “6.000 euros para los que alquilen sus pisos vacíos”

  1. Alquiler Estudio dice:

    Tengo un estudio de 46 m2, vacío desde hace algunos meses y me pregunto si puedo alquilarlo y es compatible con la ley de alquileres, asi como las garantías y ventajas que como propietario pudiera obtener

  2. Amparo dice:

    Alquiler Estudio,

    Sí, claro, puedes alquilarlo. Te recomiendo que te leas mis posts: Alquila tu casa a buenos inquilinos y ¿Cómo puedo hacer mi contrato de un piso en alquiler con las máximas garantías de seguridad?.

  3. jose dice:

    Mi pregunta es relacionada, en q voy a obtener en breve 1 vivenda y voy a declararala como 1 vivienda.

    mi pregunta al obtener ayudas como 1 vivienda puedo a su vez beneficiarme del ayuda del gobierno de alquiler de 6000?
    Son compatibles las ayudas por ser menor de 35 años (subvenciones ) con esto?
    y la hora de alquilar cuando te den los 6000 puedes pedir lo q quiera de alquiler o eso esta ya estipulado?

    gracias de antemano

  4. Amparo dice:

    Jose,

    Las ayudas de los 6.000 euros es para los propietarios de pisos vacíos que alquilan sus pisos por cinco años. No entiendo muy bien tu pregunta, ¿vas a alquilar tu piso?

  5. manuel martinez dice:

    Estoy construyendo dos apartamentos de unos 50 mts en La Coruña, son para alquilar. Quisiera saber si puedo acogerme a alguna ayuda por su construcción o bonificación de un préstamo que tengo que pedir por su construcción. Qué compromiso adquiero y por cuánto tiempo.

    Me han dicho que tengo que elegir entre comprometerlas por 10 o 25 años. ¿tendría potestad para elegir el inquilino?

    Gracias por vuestra respuesta

  6. Ana Maria dice:

    Hola, mi nombre es Ana:

    Tengo un apartamento en Torremolinos en alquiler, donde tengo que ir para solicitar la ayuda y cual es el alquiler que podría cobrar si en la actualidad cobro 675E?

  7. JOSE ANT. dice:

    Hola,

    Tengo un piso alquilado de 4 habitaciones desde hace aprox. 10 años, pero últimamente por uno de los baños sale poca agua, he consultado a un fontanero y me dice que es problema de tuberías y que hay que cambiarlas, mi pregunta es: Tengo derecho a pedir la ayuda de los 6000 €, y en caso negativo, puedo pedir alguna ayuda?

    Gracias

  8. Amparo dice:

    Jose Antonio,

    Lo siento, pero esta ayuda de 6000 euros es para los propietarios que alquilen pisos que estaban vacíos y tú ya lo tienes alquilado. No obstante, hay ayudas para la rehabilitación de viviendas y quizá sí que puedas optar a alguna de ellas, te recomiendo que llames al ministerio de Vivienda al 900 900 707 y preguntes por este tipo de ayudas.

  9. ellyca dice:

    He comprado ahora mismo un piso que estaba bastante tiempo vacio.
    Entonces podria recibir la ayuda de 6000 EUR, si ahora yo lo alquilo?

    Gracias por su ayuda

  10. mileurista dice:

    Hola a todo el mundo,

    Yo vivo en un piso pero estoy empadronado en otro que compré a medias con mi novia, por el tema de la renta y todo eso. Mi pregunta es si le puedo alquilar (realmente sólo sería hacer el contrato) el piso en el que no estoy empadronado a un familiar directo, como mi padre, o los familiares están descartados como posibles arrendadores.

    Gracias.

  11. Javier dice:

    Pregunta sobre los 6.000 euros. S

    Si se trata de propietario normal (no promotor, ni empresario ni nada) se exige también el requisito de que haya transcurrido 1 año desde que se compró hasta que se alquila?

    Gracias

  12. LUNA dice:

    El pasado mes de octubre alquilé un piso, que anteriormente se encontraba vacío, tendría derecho a esta ayuda de 6.000 euros o sólo tienen derecho las personas que alquilen a partir del momento de la publicación de esta ley?

  13. Marco dice:

    Hola,

    Tengo un apartamento de 55m2 en Málaga vacío y me estoy planteando alquilarlo.

    Me gustaría saber si puedo optar a algún tipo de subvención o ayuda al arrendador y bajo qué condiciones.

    Muchas gracias.

  14. mariano dice:

    He alquilado una vivienda a la SPA por cindo años, y he preguntado en el Gobierno de Cantanbria por la ayuda de los 6000 euros, me han dicho que tengo que presentar facturas de restauración del piso por ese importe, yo entendía que te lo dan sin ningun requisito, simplemente por ponerle en el mencado de alquiler.

    Me podrías informar?

    Gracias

  15. carlos dice:

    tengo un piso de 60 metros desde noviembre del 2006 sin alquilar si lo alquilo ahora me puedo beneficiar de las ayudas de los 6000 euros?

  16. Amparo dice:

    Carlos,

    El piso debe haber estado vacío durante un año antes de pedir la ayuda, así que sí que podrías solicitarla.

  17. Amparo dice:

    Mariano,

    Con las modificaciones que ha hecho el Gobierno en el plan de vivienda y que fueron aprobadas el pasado viernes ya no tienes que justificar la solicitud de la ayuda con una restauración. Vuelve a la oficina de Vivienda de Cantabria e infórmales sobre el cambio en la normativa.

    Puedes mostrarles esta información del Ministerio de Vivienda: “Otra de las modificaciones del Plan de Vivienda 2005-2008 se refiere a la flexibilización de las condiciones de las ayudas de 6.000 euros para los propietarios de viviendas vacías que opten por ponerlas en alquiler. Se suprimirá la limitación de 120 metros cuadrados de superficie útil máxima de la vivienda libre desocupada; se incrementará la renta máxima que puede percibir por el alquiler y se eliminará la condición sobre el uso de la subvención.”

  18. Amparo dice:

    Marco,

    Te comento lo mismo que a Mariano, con la modificación del plan de vivienda puedes pedir la subvención de los 6.000 euros si la vivienda lleva vacía un año: “Otra de las modificaciones del Plan de Vivienda 2005-2008 se refiere a la flexibilización de las condiciones de las ayudas de 6.000 euros para los propietarios de viviendas vacías que opten por ponerlas en alquiler. Se suprimirá la limitación de 120 metros cuadrados de superficie útil máxima de la vivienda libre desocupada; se incrementará la renta máxima que puede percibir por el alquiler y se eliminará la condición sobre el uso de la subvención.”

    Condiciones
    Se flexibilizan las condiciones que hasta ahora debían cumplir los propietarios de viviendas vacías que decidieran ponerlas en alquiler y quisieran beneficiarse de la ayuda de 6.000 euros. En este sentido, se suprime el requisito de superficie máxima y se eleva el importe que pueden percibir por el alquiler.

    La renta máxima que podrán percibir será equivalente a la del precio de la VPO nueva de renta concertada durante 10 años (el importe varía en función de las comunidades autónomas). Por ejemplo: en el caso de un piso de 70 m2 en Madrid, la renta máxima que podrá percibir el propietario a partir de ahora será de 960 euros mensuales.

  19. Amparo dice:

    Luna,

    Si el piso ya está alquilado no puedes pedir la subvención, la ayuda es para los propietarios de pisos que hayan estado vacíos un año o más.

  20. Amparo dice:

    Mileurista,

    Si le alquilas el piso a un familiar no podrás acceder a las ayudas públicas.

  21. Marcos dice:

    Hola,

    Estoy pensando en alquilar mi vivienda habitual en Extremadura, porque ahora estoy fuera y creo que tardaré en volver. Es una vivienda que compré hace 10 años, no es de protección oficial pero sí tiene subvencionados unos puntos de la hipoteca por la Junta de Extremadura. Mi pregunta es: ¿puedo alquilar el piso y recibir la ayuda de 6.000 euros?

    Gracias.

  22. ALICIA dice:

    Hola,

    Estamos pensando en alquilar nuestro piso a inquilinos y alquilar también nosotros otro, me lio mucho con el tema de la declaración de la renta y ya he leído algo de lo que has escrito Amparo, pero ¿nos podrías orientar a nivel muy práctico de lo que supone alquilar un piso a un inquilino y por otro lado alquilar uno nosotros como vivienda a nivel de hacienda?

    por ejemplo si alquilo mi piso por 600 eur qué % tendré que pagar a hacienda por este concepto y si yo alquilo uno por 1000 eur que % me puedo deducir en total (pagando una hipoteca de 500 eur).

    Muchas gracias.

  23. Julia dice:

    Respecto a los 6000 euros de ayuda a propietarios que alquilen sus pisos que estuvieran vacios, por lo menos durante un año ¿cómo se justifica o se demuestra que ha estado desocupado durante ese tiempo?

  24. Javier dice:

    Bien, esto ya no es una pregunta sino una respuesta a varios temas, entre ellos mi pregunta, me lo he empollado

    1.- Para la ayuda de 6.000 euros, cuando se trate de propietarios “normales” o “particulares”, no se exige el requisito de que antes haya estado vacío 1 año.

    2.- Son las comunidades autónomas quienes tienen que determinar la renta concreta máxima para poder obtener los 6.000 euros. En Madrid por ejmplo (y en la mayoría de las autonomías) eso no ha salido todavía por lo a quien alquile se le exige que la renta no supere los muy bajos topes que existían. En resumen conviene esperar.

    3.- Alguien pregunta si vale pedir los 6.000 euros por un piso alquilado en octubre: entiendo que no. Es decir, sí tiene derecho pero siempre que no supere su renta el bajo nivel que se exigía en esa fecha.

    4.- Desde el punto de vista fiscal todas las ayudas al alquiler (los 210 euros para los jóvenes, los 6.000 para los propietarios, las ayudas de todo tipo) tributan en el IRPF (no están exentas como sí lo estab el cheque bebé). Eso quiere decir que lo que percibamos será como un 20-43% menos, dependiendo de cada caso.

    Saludos

  25. Julia dice:

    He estado en la Junta de Castilla y Leon para informarme de la ayuda de 6000 euros a propietarios y mi sorpresa fue que me remitieron a la sociedad pública de alquiler. Cuando llegué allí me dijeron que sí, que por “hacer un favor” ellos tramitaban dicha ayuda con la documentación (el dinero luego lo daba la Junta) pero que antes de ello tenía que cederles el piso para el alquiler.

    Contesté que no estaba de acuerdo, que yo quería elegir mis inquilinos y poner mis condiciones y que en ningún momento nos habían dicho que ese fuera un requisito previo para solicitar la ayuda.

    También les dije que o bien el gobierno o la junta nos estaban engañando.

    ¿Esto es así? y si no es así, dónde puedo reclamar este abuso?.

    Gracias.

    2

  26. Amparo dice:

    Julia,

    No es necesario alquilar la vivienda a través de la Sociedad Pública de Alquiler para acceder a la ayuda de los 6.000 euros. Si te han dicho eso es la SPA de Castilla y León puedes acudir al Defensor del Pueblo y denunciar tu caso.

    Para ponerte en contacto con ellos puedes escribir al email: registro@defensordelpueblo.es o llamar al: 91 432 79 00 También puedes presentar tu queja por internet aquí.

  27. osca dice:

    hola,

    Actualmente vivo en Sevilla, tengo un piso en Logroño sin alquilar desde abril del 2007, en el gobierno de La Rioja me dicen que ya puedo alquilar y cobrar los 6000 euros sin acabar el año, aunque la verdad no los veo muy seguros de lo que dicen.

    Me podeis confirmar si eso es verdad? o mejor espero que pase el año.

    Muchas gracias

  28. Javier dice:

    Osca entiendo que no tienes porqué esperar al año. Y por no repetir algo que leí escrito te mando esto que he visto por internet sobre los requisitos para los 6.000 euros:

    El Real Decreto 14/2008 (BOE de 12.01.2008) entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
    Pueden obtener una subvención del Ministerio de Vivienda los propietarios de viviendas libres desocupadas que las ofrezcan en arrendamiento por un período mínimo de 5 años. Vale tanto el arrendamiento directo como a través de sociedades públicas, agencias, cesión a las CCAA,…, pero si se trata de arrendamiento directo, se excluyen los siguientes supuestos -para evitar fraudes-:

    - Si el arrendador es persona física, el arrendatario no puede ser pariente en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad.
    - Si el arrendador es persona jurídica, el arrendatario no puede ser un socio o titular de la misma.
    - Además, la renta anual máxima inicial ha de ser igual a la de una vivienda protegida de nueva construcción en alquiler, de renta concertada, a 10 años.
    - En cuanto a la superficie, a efectos del cómputo de la renta por metro, se computa la útil real de la vivienda, y se incluye, en su caso, la renta máxima de un trastero y garaje con superficies máximas computables iguales a los de los anejos de viviendas protegidas de nueva construcción.

    La subvención es, como todos sabéis, de 6000 euros y su entrega se hará efectiva, según dispone el decreto estatal, en las condiciones que determinen las CCAA.
    Como para conocer la renta máxima de cada casa hay que estar a los valores que rijan en la Comunidad Autónoma, en función de la localización de la misma, y dado que, además, se delega en las CCAA toda la gestión, lo mejor que puede hacerse es acudir a la oficina de vivienda o consejería de la Comunidad Autónoma en cuestión para conocer las condiciones económicas aplicables a su casa.

  29. carmen dice:

    Hola,

    Quiero alquilar mi piso pq me voy a vivir a otro lugar.

    Pero evidentemente el piso no lleva vacío 1 año. Puedo igualmente acceder a la ayuda de 6000 € o a cualquir otra ayuda por tener una minusvalía de 43%

  30. Amparo dice:

    Carmen,

    Te aconsejo que hables del tema directamente con el Ministerio de Vivienda en el 900 900 707.

  31. EATEBAN MAYORDOMO dice:

    Soy propietario de varias viviendas en Barcelona, algunas a mi nombre personal y otras a nombre de una sociedad limitada. Quisiera, por favor, información para solicitar la subvención de 6000 euros, y si hay alguna subvención para la reforma, ¿dónde me puedo dirigir? ¿tengo derecho a alguna subvención o ayuda?

    Gracias de antemano

  32. Amparo dice:

    Eateban,

    Para pedir las subvenciones de pisos en Barcelona debes dirigirte al departamento de Habitatge de la Generalitat Catalana. Debes dirigirte aquí:

    Secretaria d’Habitatge (Serveis a Barcelona)
    C. d’Aragó, 244-248
    08007 Barcelona
    Centraleta: 93 214 70 00

    Te recomiendo que te leas el post: Cómo y dónde pedir la ayuda de 6.000 euros para los propietarios que alquilen sus viviendas vacías porque aquí se hace referencia a las últimas modificaciones aplicadas por el Ministerio de Vivienda en este tipo de ayuda y que deberás mencionar cuando visites el departamento de Habitatge porque puede que ellos desconozcan estas últimas modificaciones.

  33. cristina dice:

    Soy propietaria de un piso y quiero alquilarle, como justifico que lleva un año vacío?

    para pedir la ayuda de 6000 euros, y si es obligatorio alquilarle por un periodo minimo de 5 años, si yo lo alquilo por meses no tengo la seguridad de poder alquilarlo 5 años seguidos.

  34. cristina dice:

    Tengo en propiedad un piso, por traslado de trabajo quería alquilarle y yo alquilarme otro para vivir, puedo optar a la ayuda de alquiler de 210euros mensuales?

  35. antonio dice:

    Hola,

    Quisiera alquilar mi piso en Denia (Alicante) y es mi única vivienda que tengo. Si la alquilo a una persona menor de 35 años no me retiene nada Hacienda? También quisiera saber si durante los 5 años se va el inquilino, me siguen pagando la renta mensual? Y por último cuándo me entregarían los 6000€?

  36. Juan dice:

    Hola,

    Tengo un piso para alquilar pero que necesita reforma. Quisiera que me respondieran a: ¿Dónde me tengo que dirigir para solicitar la ayuda de 6.000 € para reformarlo y ponerlo otra vez en alquiler?. ¿Dónde puedo recoger los impresos para solicitarlo?. ¿Qué requisitos piden?.

    Por si sirve de algo, el piso está en Cuenca.

    Gracias por anticipado

  37. TONI dice:

    Hola,

    Compré un piso en plano y ya est.a acabado la constructora me permite vivir en él ya y escriturarlo dentro de 24 meses mi pregunta es ¿puedo alquilarlo y pedir la subvención de 6000 euros aún estando sin escriturar, ( yo tengo un contrato privado de compraventa con la constructora lógicamente)?

  38. maria dice:

    Qué cantidad hay que cobrar de sueldo para que te den los 6.000 euros o no hay tope, muchas veces pides no superar el salario mínimo interprofesional.

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