El alquiler de pisos sube un 4,3% en un año
Los alquileres de vivienda en España se encarecieron el 4,3 por ciento, en los últimos doce meses del año, es decir, 1,8 puntos más que el Indice General de Precios de Consumo (IPC), según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) correspondientes al pasado octubre. En lo que va de año, los alquileres de vivienda acumulan un encarecimiento del 3,8 por ciento, frente al 2,1 por ciento del índice general. Esta desviación de precios se produce a pesar de que los alquileres tan sólo subieron el 0,3 por ciento en octubre, una décima por debajo del IPC.
Las tarifas de los servicios de conservación de vivienda se incrementaron en mayor medida que los alquileres, en concreto el 5,1 por ciento en los últimos doce meses, el 5 por ciento en lo que va de año, y el 0,4 por ciento en octubre. Esta partida incluye servicios como la pavimentación, el revestimiento de paredes y suelos, pintura, fontanería y acuchillado.
Puedes leer más sobre el tema aquí:
1.- Libertad Digital: La vivienda de alquiler sigue subiendo por encima de la inflación pese a la Sociedad Pública de Trujillo
2.- Terra: Alquiler vivienda sube 4,3% en doce meses, 1,8 puntos más que IPC


Tuesday, 21 November 2006 a las 12:11 pm
Buenas,
tengo una duda, este año me han subido un 4% el alquiler por ajuste de IPC, ¿es correcta esta subida?
También me han subido los gastos de estalera de 10 euros a 20, me parece que esta subida es debida a que los propietarios de las viviendas quieren crear un fondo común para afrontar futuras reformas, ¿no debería hacerse cargo de esta subida la propietaria?.
De no ser así mi alquiler sería variable en función de las decisiones de la comunidad y creo que estos gastos no me deberían influir puesto que, en contrato se ha fijado un precio sólo revisable según IPC.
Muchas gracias y un saludo
Tuesday, 21 November 2006 a las 3:57 pm
Roberto,
Si estás dentro de los primeros cinco años de alquiler, tu casero sólo te puede subir el alquiler de acuerdo al IPC. Para calcular qué subida te corresponde pagar puedes consultar la calculadora que tiene el Instituto Nacional de Estadística (INE) en su web y que puedes consultar aquí.
Puedes leer también mi post ¿Cómo puedo saber el IPC y calcular la subida del alquiler? para saber exáctamente qué es lo que dice la legislación sobre la aplicación de esta subida en el alquiler.
Con respecto a los gastos de escalera que te quiere cobrar el casero, esto entraría dentro de lo conocido como gastos de comunidad. El casero sólo te puede cobrar gastos de comunidad si se ha incluido en tu contrato de alquiler una cláusula que así lo establece, esta cláusula también debe estipular cuánto vas a pagar en este concepto y su subida también está regulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos que establece que: “Durante los cinco primeros años de vigencia del contrato, la suma que el arrendatario haya de abonar por el concepto a que se refiere al apartado anterior, con excepción de los tributos, sólo podrá incrementarse anualmente, y nunca en un porcentaje superior al doble de aquel en que pueda incrementarse la renta, conforme a lo dispuesto en el artículo 18.1.” Puedes consultar mi post: ¿Puedo cobrarle al inquilino los gastos comunitarios de los seguros del edificio y administrador de fincas? para informarte sobre este concepto.
Wednesday, 22 November 2006 a las 12:10 pm
Tengo un alquiler de 1650 € desde enero 2003.
Ahora el propietario quiere 1813 € y que pague el retraso de alquileres.
Es legal?
Wednesday, 22 November 2006 a las 12:22 pm
Maite,
Si firmaste tu contrato en 2003, el arrendador tiene que ajustarse a las fluctuaciones del IPC para subirte el alquiler hasta 2008, es decir, durante los primeros cinco años de alquiler sólo puede realizarte subidas anuales en tu renta de acuerdo al IPC. Así lo señala la Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 18 y yo explico en mi post: ¿Cómo puedo saber el IPC y calcular la subida del alquiler?.
Para calcular qué subida te corresponde pagar puedes consultar la calculadora que tiene el Instituto Nacional de Estadística (INE) en su web y que puedes consultar aquí.
Además, el propietario no puede exigirte ahora que pagues retrasos en la subida del alquiler si no te notificó cuando correspondía de la subida. La legislación también estipula cuándo y cómo se debe notificar: “La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al Boletín Oficial en que se haya publicado. Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente”
Wednesday, 13 December 2006 a las 2:55 pm
Hola,
mi pregunta es la siguiente,
tengo contrato desde noviembre del 2001, estaba pagando 790 euros y ahora me han subido a 830, es legal hacer esto?
Wednesday, 20 December 2006 a las 2:27 pm
En febrero de 2006 se cumplió un año del contrato de alquiler, hasta ahora no me habían subido nada.
Me suben para enero 2007 el ipc correspondiente y pretenden en febrero del 2007 volvermelo a subir porque hago ya los 2 años de contrato.
¿Se puede hacer esto o debe existir un periodo de tiempo entre una subida y otra?
Wednesday, 10 January 2007 a las 2:57 am
Yo firmé un contrato de un año que se me acaba ahora en enero y pagaba 450 ahora dice que no hace falta firmar otro que se renueva automáticamente y se incrementa con la subida del IPC.
Cuánto más tengo que pagar? Cómo se calcula? porque con la calculadora esa no se.
Gracias
Wednesday, 10 January 2007 a las 10:47 am
Vero,
Es muy fácil calcular cuánto se te tiene que subir el alquiler durante los primeros cinco años de acuerdo al IPC. La calculadora te pide datos muy simples:
1.- IPC con el que se va a actualizar la renta
2.- Año inicial y final
3.- Importe de la renta a actualizar
Y los criterios para rellenar estos datos vienen especificados de forma muy clara en la Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 18:
“1. Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.”
Tuesday, 6 March 2007 a las 6:21 pm
En mi contrato de arrendamiento pactamos actualización en base al IPC. Mi casera me dice que me aplica el específico de viviendas (4,5%) frente al IPC general del 2,5%.
Cuál es el correspondiente?
gracias
Thursday, 6 September 2007 a las 11:41 pm
hola yo tengo un contrato con fecha 2002 y cumple ahora en 2007diciembre el casero nos ha estado aumentando el ipc cada año,pero ahora al renovar contrato quiere aumentarnosel precio,puesto que hay que hacer un nuevo contrato,mi pregunta es ¿donde puedo saber lo que puede aumentar el piso mi casero hay alguna ley que regule el máximo o no hay nada que lo regule?
Gracias y espero una respuesta.
Monday, 17 September 2007 a las 12:06 pm
Hola:
Tengo una casa en alquiler, la persona que la ocupa se va a ir en los primeros días de noviembre. La pregunta concreta es ¿Cuánto ha de pagar? Se prorratea el total y se divide por los días, se cobra por semanas, por medio mes?
Saturday, 29 September 2007 a las 3:17 pm
Tengo alquilado un piso hace 29 años,estoy cobrando 230 euros,me ha ido pagando la subida del IPC,¿cuanto puedo subir este año? porque este año no ha querido pagar la subida correspondiente a este año
Saturday, 6 October 2007 a las 1:43 pm
Hola,
En septiembre de 2004, una amiga y yo firmamos un contrato de alquiler de 525e, en septiembre de 2006 al marcharse esta amiga el contrato se realizó a mi nombre solo. Este septiembre el casero me ha comunicado su intención de subir el alquiler hasta 575e, mi pregunta es si la subida debe ser desde el 2004, cuando figurábamos las dos como inquilinas, o desde 2006, que es el contrato que me incluye a mi sola. También me gustaría saber si es la misma subida para pisos amueblados o no, ya que el mío no lo está, y evidentemente el amueblarlo me ha acarreado unos gastos importantes. Si la subida es correcta, tendría que abonar la diferencia también en la fianza, que es de 525e?
Thursday, 13 December 2007 a las 9:00 pm
hola,
Estoy a punto de alquilar mi piso y tengo una duda, me han dicho que solo se puede alquilar por 5 años mínimo, yo quisiera hacerlo solo por un año y el hombre de la inmobiliaria me dijo que podía hacer una trampa, que era finjir al año que yo queria vivir en el piso y empadronarme en él y q asi a los 6 meses ya podria vender el piso, quisiera saber si esto es cierto o si me esta tomando el pelo y tendré que esperarme 5 años para poder disfrutar de mi piso.
Friday, 14 December 2007 a las 5:16 pm
Isaac,
Lo que te recomienda el de la inmobiliaria es que incluyas en tu contrato de arrendamiento una cláusula para que puedas recuperar la vivienda cuando venza el contrato y no tengas que hacer las prórrogas obligatorias hasta cumplir los cinco años si necesitas la vivienda para vivir en ella. No obstante, si lo haces y reclamas el piso y el inquilino se da cuenta que no ocupas la vivienda para vivir en ella puede denunciarte y deberás alquilarle de nuevo la vivienda o indemnizarle, a elección del inquilino. Esto es lo que estipula la LAU en su artículo 9.3:
“3. No procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se haga constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí.
Si transcurridos tres meses a contar de la extinción del contrato, no hubiera el arrendador procedido a ocupar la vivienda por sí, deberá reponer al arrendatario en el uso y disfrute de la vivienda arrendada por un nuevo período de hasta cinco años con indemnización de los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera supuesto hasta el momento de la reocupación o indemnizarle, a elección del arrendatario, con una cantidad igual al importe de la renta por los años que quedaren hasta completar cinco.”
Te recomiendo que te leas mi post: Alquiler de largo plazo vs alquiler de temporada
Thursday, 3 January 2008 a las 1:44 pm
Hola,
me llamo Bárbara, tengo un piso alquilado. Firmamos el 3 de enero del año pasado,2007 así que ya ha pasado el tiempo suficiente para subirle el IPC, cuánto le debo subir? Aún no aparece en internet, y otra cosa, le puedo subir este mismo enero verdad?
Muchisimas gracias por ayudarme
Friday, 11 January 2008 a las 2:26 am
Soy Antonio,
Tengo un piso alquilado.
Firmamos el 1 de enero del año 2007.
Para subir el IPC, del 1 enero 06 al 31 diciembre 07
Cuánto le debo incrementar ???? …% ?????????
Solo encuentro en internet,noviembre 07 a 4.1%
Saludos Antonio
Tuesday, 15 January 2008 a las 1:55 pm
Me gustaria saber la subida de la renta en un contrato de arrendamiento urbano para este año 2008 según IPC
Tuesday, 15 January 2008 a las 6:56 pm
Hola,
Soy Ana y me gustaría que me dijerais si al alquilar un piso de nueva construcción que no tiene ni luz, agua y gas, yo le debería dar el alta o debería ser el propietario quien me tendría que alquilar el piso con todo dado de alta.
Gracias,
Thursday, 17 January 2008 a las 3:10 pm
Hola,
Me dispongo a alquilar un local comercial.
El propietario quiere hacerme un contrato por 3 años.
Mi pregunta es ¿ Eso se puede hacer? y si es así ¿después me tiene que prorrogar hasta los 5? y por último otra duda que tengo, si los 3 primeros años me pone una renta de 1500€ con la correspondiente subida del IPC, ¿cuando pasen los 3 años puede subirme más la renta a parte del IPC?
Gracias
Tuesday, 12 February 2008 a las 10:39 am
Hola, buenos dias.
La verdad, que escribo esto desde la angustia de que el casero que me alquila la casa, contraté un abogado despues de darse cuenta de que me cobra poco (tengo un contrato de 5 años).
Me ha exigido el pago del IBI, asi como la subida del ipc desde el mes de octubre del 2007(4′2%) no se deberia aplicar a partir de enero????
y bueno, el alquiler del garaje se pactó verbalmente en su dia, ahora ha aparecido diciendo que nos lo dejaba utilizar (hemos pagado siempre gastos de garaje) y que si lo queríamos se lo teniamos que alquilar…
Es obvio que quiere librarse de mi (nunca he fallado un pago), qué me recomiendas que haga?
Muchas gracias
Wednesday, 13 February 2008 a las 8:32 pm
Cuál es la subida oficial del IPC, a los pisos alquilados para el año 2008
Friday, 15 February 2008 a las 4:26 pm
Fernando,
Te aconsejo que uses la calculadora del INE para saber qué subida de alquiler tienes que hacer a tu inquilino. Puedes consultarla aquí.
Thursday, 21 February 2008 a las 11:37 am
Hola,
He presentado todos los papeles para que me dieran la ayuda del gobierno de los 210€. Me la han denegado por que en la casa que yo vivo no existes… si, si! Es un terreno donde hicieron dos casas y una no es legal.
Los propietarios no pagan contribución (no pagan nada de esa casa) y mi pregunta es: si no pagan el IBI anual me pueden aumentar el IPC cada año??
Thursday, 21 February 2008 a las 1:23 pm
Hola Raquel,
Siento mucho que, por culpa del casero por no tener legalizada la vivienda, no puedas recibir la ayuda. La cuestión es que si la casa no es legal, no tendrá el certificado de habitabilidad y, por tanto, el casero no podría alquilarte la casa porque se exige que la casa disponga de esta certificación para alquilarla.
Al no poderte alquilar la vivienda porque no es habitable, tampoco deberían subirte la renta porque no es ético, ni moral.
Monday, 9 June 2008 a las 12:00 pm
Hola,
En el año 2007 alquilé un piso a mi nombre y el de mi novia, que anteriormente vivía en el mismo piso y pagaba 567 por mes en el año 2006 al hacer el contrato a mi nombre la dueña del piso aumentó el alquiler a 610 euros por mes. Me gustaría saber si eso es legal ya que mi novia no tenía el contrato a su nombre, estaba a nombre de otra persona, aunque sí estaba empadronada allí.
Tuesday, 3 February 2009 a las 3:41 pm
Tengo un piso alquilado desde febrero del 2008 , nosotros lo tenemos por 750€, ¿cuanto tendríamos que subirlo ?
Monday, 27 April 2009 a las 1:57 pm
¿Me pueden indicar cual es el incremento del IPC correspondiente a una vivienda alquilada en Abril del año 2008, en Sevilla?
Muchas Gracias